No todo gasto no deducible genera "dividendo presunto". El gasto no deducible se adiciona a la renta neta y paga el Impuesto a la Renta de 29.5%. Solo cuando ese gasto implica una disposición indirecta de renta no susceptible de posterior control tributario, normalmente un beneficio para los socios, la empresa paga además una tasa adicional de 5% (art. 24-A, inciso g, y art. 55 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta). Una multa o una provisión no admitida, por ejemplo, se reparan, pero no generan tasa adicional.
¿Qué son los gastos no deducibles?
Son los desembolsos que la empresa registra contablemente, pero que la ley no permite restar para calcular la renta neta de tercera categoría. Hay dos grandes grupos:
- Gastos que no cumplen el principio de causalidad (art. 37 LIR): no son necesarios para producir la renta o mantener la fuente. Para ciertos gastos, como los aguinaldos, bonificaciones y otras retribuciones al personal, el último párrafo del art. 37 exige además razonabilidad y generalidad. Ampliamos estos criterios en el principio de causalidad.
- Gastos que la ley prohíbe deducir expresamente (art. 44 LIR), aunque tengan relación con el negocio.
Entre los supuestos del art. 44 LIR están: los gastos personales y de sustento del contribuyente y sus familiares (inciso a); el propio Impuesto a la Renta (inciso b); las multas, recargos e intereses moratorios del Código Tributario y, en general, las sanciones del sector público (inciso c); las donaciones y liberalidades, salvo las permitidas por el art. 37 (inciso d); las provisiones que la ley no admite (inciso e); los gastos sustentados en comprobantes que no cumplen los requisitos del Reglamento de Comprobantes de Pago (inciso j); y el IGV que se usó como crédito fiscal (inciso k).
A ellos se suman los pagos superiores a S/ 2,000 o US$ 500 hechos sin medio de pago bancarizado, que no dan derecho a deducir gasto ni crédito fiscal (Ley 28194). Hay más detalle sobre la documentación en gastos personales y de sustento del art. 44.
¿Qué es el dividendo presunto o tasa adicional del 5%?
El art. 24-A de la LIR enumera qué se considera dividendo. Su inciso g incluye "toda suma o entrega en especie que resulte renta gravable de la tercera categoría, en tanto signifique una disposición indirecta de dicha renta no susceptible de posterior control tributario, incluyendo las sumas cargadas a gastos e ingresos no declarados".
El segundo párrafo del art. 55 LIR grava esas sumas con una tasa adicional de 5% a cargo de la propia persona jurídica, que debe pagarse dentro del mes siguiente a la disposición indirecta de la renta. No es una retención al socio: es un impuesto de la empresa, y por ser Impuesto a la Renta tampoco es deducible.
El art. 13-B del Reglamento de la LIR precisa que constituyen disposición indirecta de renta los gastos susceptibles de haber beneficiado a los accionistas, participacionistas, titulares y, en general, a los socios o asociados. Menciona, entre otros, los gastos particulares ajenos al negocio y los gastos de cargo de los socios que asume la persona jurídica.
Cuándo un gasto reparado genera tasa adicional y cuándo no
| Gasto reparado | ¿Se adiciona en el IR (29.5%)? | ¿Tasa adicional 5%? |
|---|---|---|
| Colegio de los hijos del accionista pagado por la empresa | Sí | Sí: beneficia al socio y el destino escapa al control tributario |
| Viaje familiar o vehículo de uso personal del socio | Sí | Sí |
| Facturas de operaciones no reales | Sí | Sí, en la medida en que el dinero salió sin destino acreditado |
| Ingresos omitidos que no se registraron | Sí | Sí (la norma menciona los "ingresos no declarados") |
| Multa o intereses pagados a SUNAT | Sí | No: el destino del dinero está identificado |
| Provisión de cobranza dudosa sin requisitos | Sí | No: no hay salida de dinero |
| Exceso de depreciación tributaria | Sí | No |
| Gasto real del negocio con comprobante defectuoso, pagado a un proveedor identificado | Sí | En principio no, si se acredita el destino y que no benefició a los socios |
La clave es la frase "no susceptible de posterior control tributario". Si puedes demostrar a quién se pagó y para qué, la renta no salió de forma oculta hacia los socios. Por eso el sustento documental, como el contrato, la orden de servicio, el informe de conformidad y el pago bancarizado, protege contra la tasa adicional aunque el gasto termine reparado. Revisa los criterios de deducibilidad para armar ese sustento.
Caso práctico 2026
Comercial Rímac S.A.C. (Régimen General) cierra 2026 con una utilidad contable antes de impuestos de S/ 400,000. Al preparar la declaración anual, su contador identifica estos gastos registrados en resultados:
- S/ 50,000 de gastos personales del gerente-accionista: pensiones escolares de sus hijos (S/ 30,000, inafectas al IGV) y un viaje familiar (S/ 20,000), pagados en marzo de 2026.
- S/ 4,000 de multas pagadas a SUNAT.
- S/ 16,000 de provisión de cobranza dudosa sin los requisitos del art. 37, inciso i, LIR.
Paso 1: Impuesto a la Renta anual
| Concepto | S/ |
|---|---|
| Utilidad contable antes de impuestos | 400,000 |
| (+) Gastos personales del accionista | 50,000 |
| (+) Multas | 4,000 |
| (+) Provisión no admitida | 16,000 |
| Renta neta imponible | 470,000 |
| Impuesto a la Renta (29.5%) | 138,650 |
Sin las adiciones, el impuesto habría sido S/ 118,000 (400,000 × 29.5%). Los reparos cuestan S/ 20,650 de IR. Las adiciones por multas y gastos personales son diferencias permanentes; la provisión puede ser temporal si luego se cumplen los requisitos. Lo explicamos en diferencias temporales y permanentes.
Paso 2: tasa adicional
Solo los S/ 50,000 de gastos personales benefician al accionista: 50,000 × 5% = S/ 2,500. La multa y la provisión no generan tasa adicional. Como la disposición ocurrió en marzo de 2026, el pago vencía en abril de 2026, según el cronograma mensual. Si se paga en octubre, se suman intereses moratorios con la TIM de 0.9% mensual: unos 183 días × 0.03% diario × 2,500 ≈ S/ 137.
Paso 3: asiento de la tasa adicional
| Cuenta (PCGE) | Debe (S/) | Haber (S/) |
|---|---|---|
| 881 Impuesto a la renta – Corriente | 2,500 | |
| 4017 Impuesto a la renta (tasa adicional por pagar) | 2,500 | |
| Totales | 2,500 | 2,500 |
Los intereses moratorios que se paguen con la tasa adicional tampoco son deducibles (art. 44, inciso c, LIR) y se adicionan en la declaración anual.
Paso 4: ¿qué pasa si no se repara y lo detecta SUNAT?
Si la empresa no adiciona los S/ 50,000 y SUNAT los repara en una fiscalización, el IR omitido es S/ 14,750 (50,000 × 29.5%). Se aplica la multa del art. 178.1 del Código Tributario (50% del tributo omitido = S/ 7,375), con rebajas de 90%, 70% o 50% según el momento de la subsanación (art. 179). A ello se suman los intereses y la tasa adicional con sus propios intereses desde abril de 2026. Además, SUNAT notifica la tasa adicional en una resolución de determinación separada, que se reclama por su cuenta. Lo explicamos en cómo actuar ante una fiscalización de SUNAT.
Alternativa correcta: tratarlo como lo que es
Si el accionista necesita esos fondos, hay dos caminos ordenados:
- Distribuir dividendos con cargo a utilidades acumuladas, con la retención de 5% al accionista persona natural. La utilidad gravada es la misma (no se dedujo como gasto), así que el costo tributario total es similar, pero sin multas ni contingencias.
- Otorgar un préstamo documentado, registrado en la 1422 Préstamos a accionistas, con contrato, cronograma y devolución real. Te sirve de base el modelo de contrato de mutuo dinerario. Un "préstamo" que nunca se devuelve puede ser recalificado.
Si el gasto personal ya se pagó, lo prudente es reclasificarlo a una cuenta por cobrar al accionista o regularizar la tasa adicional voluntariamente, antes de que SUNAT lo requiera.
Errores frecuentes
- Aplicar 5% a todos los reparos. La tasa adicional no se calcula sobre el total de gastos no deducibles, sino solo sobre los que implican disposición indirecta de renta.
- Pensar que basta con adicionarlo en la DJ anual. La adición corrige el IR, pero la tasa adicional vence el mes siguiente a la disposición, con intereses si se paga tarde.
- Usar el IGV de gastos personales como crédito fiscal. No cumple el art. 18 de la Ley del IGV y genera un reparo adicional. Lo vemos en por qué SUNAT rechaza el crédito fiscal.
- Creer que "generalidad" y "razonabilidad" aplican a todo gasto. La causalidad es el criterio general; los otros dos se exigen a supuestos específicos del art. 37.
- Rectificar durante una fiscalización reconociendo operaciones no reales sin evaluar la tasa adicional. El Tribunal Fiscal, en su resolución de observancia obligatoria 00358-1-2023, estableció que ese reconocimiento no impide aplicarla.
- Confundir sociedad y patrimonio personal, algo frecuente en empresas familiares y en EIRL, donde el titular usa la caja de la empresa como propia.
Preguntas frecuentes
¿El dividendo presunto lo paga el socio o la empresa?
La empresa. La tasa adicional de 5% es un impuesto propio de la persona jurídica. El socio no declara ni paga nada adicional por esa suma.
¿Las multas de SUNAT generan tasa adicional?
No. Son gasto no deducible (art. 44, inciso c, LIR) y se adicionan en la declaración anual, pero el destino del dinero está identificado, así que no hay disposición indirecta de renta.
¿Cuál es la base de la tasa adicional?
El importe de la suma dispuesta indirectamente a favor de los socios o terceros, como el gasto personal o el ingreso omitido. No es el total de reparos de la declaración.
¿Aplica a sucursales de empresas extranjeras?
Según el Informe 018-2020-SUNAT/7T0000, las sucursales en el país de empresas no domiciliadas no están sujetas a la tasa adicional del 5%.
¿Puedo reparar voluntariamente?
Sí. Adiciona el gasto en la declaración anual y paga la tasa adicional con intereses. Si ya presentaste la declaración, rectifícala; la subsanación voluntaria te da la mayor rebaja de multa.
Cómo te ayuda Lynch
En Lynch revisamos las cuentas de gastos antes del cierre, separamos lo deducible de lo que debe repararse e identificamos los gastos con riesgo de tasa adicional. También ordenamos las relaciones económicas entre la sociedad y sus socios con dividendos o préstamos bien documentados. Conoce nuestro servicio de asesoría societaria.
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