PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

Planificación tributaria para empresas

Evaluamos el efecto tributario de las decisiones relevantes antes de ejecutarlas —régimen, financiamiento, dividendos, reorganizaciones, inversiones— y documentamos la razón de negocio que las sostiene. Planificar no es pagar menos a cualquier costo: es no pagar de más sin poder sustentarlo.

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PARA QUIÉN ES

Cuándo tiene sentido planificar

Buena parte del margen de planificación se agota al cerrar el ejercicio: en marzo solo queda determinar bien el impuesto. Las decisiones con mayor efecto se toman durante el año, cuando todavía se puede elegir cómo estructurar una operación, cómo documentarla y cuándo ejecutarla.

Empresas que cambian de escala

Se acercan a los límites del Régimen MYPE Tributario o evalúan pasar al Régimen General, y necesitan saber cuándo conviene y con qué efecto en caja.

Grupos con varias sociedades

Tienen préstamos, servicios o activos entre empresas vinculadas y necesitan una estructura que se pueda defender ante SUNAT.

Accionistas y filiales extranjeras

Van a repartir utilidades, capitalizar, financiar a la filial o pagar servicios a la matriz. Ver empresas extranjeras en Perú.

QUÉ INCLUYE

Qué entregamos en un proyecto de planificación

Cada proyecto parte de los números reales de la empresa. No trabajamos con estructuras estándar ni con porcentajes de ahorro prometidos de antemano.

EntregableQué hacemosFrecuencia
Diagnóstico tributarioRevisión de estados financieros, declaraciones anuales, estructura societaria y operaciones no habituales para identificar dónde hay margen real y dónde hay riesgo.Al inicio
Evaluación de régimenComparación con números entre el Régimen MYPE Tributario y el Régimen General: impuesto anual, pagos a cuenta y efecto en caja.Anual
Alternativas de estructuraDos o tres alternativas para cada operación, con el impuesto de cada una cuantificado, sus riesgos y la documentación que exige.Por operación
Financiamiento y vinculadasPréstamo o aporte de capital: límite de deducción de intereses, tasa de mercado, retenciones y precios de transferencia.Por operación
Dividendos y retiro de utilidadesMomento y forma de distribución, retención del 5%, gastos que podrían calificar como dividendo presunto y remuneración de socios que trabajan en la empresa dentro del valor de mercado.Anual
Pérdidas tributariasElección del sistema de arrastre y proyección de su uso según los resultados esperados.Anual
ReorganizacionesEfecto tributario de fusiones, escisiones y aportes de bloques patrimoniales: valor de transferencia, pérdidas y atributos que se transfieren.Por proyecto
Documentación de la razón de negocioMemorando con el propósito económico de la operación, actas de directorio o junta y contratos alineados con lo que realmente se ejecuta.Por operación
Seguimiento de la implementaciónRevisión de que el contrato, el comprobante, el asiento y la declaración reflejen lo planificado.Durante la ejecución
SE COTIZA APARTE

Lo que no está en el alcance base

Qué necesitamos para empezar

CÓMO TRABAJAMOS

Del diagnóstico a la decisión documentada

01

Diagnóstico

Revisamos la situación de partida y te decimos si hay margen real. Si la empresa ya está ordenada y hay poco que planificar, también te lo decimos.

02

Propuesta

Definimos qué decisiones se van a analizar, los entregables, los plazos y el honorario del proyecto.

03

Análisis de alternativas

Cuantificamos el impuesto de cada alternativa y evaluamos su riesgo frente a la norma antielusiva y a los criterios de SUNAT y del Tribunal Fiscal.

04

Implementación

Acompañamos la ejecución: contratos, actas, comprobantes, asientos y declaraciones alineados con lo que se decidió.

EJEMPLOS

Decisiones que conviene planificar

Estas son decisiones habituales en las empresas que atendemos. En todas, el efecto tributario cambia según cómo y cuándo se ejecuten.

DecisiónQué se evalúa
Seguir en el MYPE Tributario o pasar al Régimen GeneralIngresos proyectados frente al límite de 1,700 UIT (S/ 9,350,000 en 2026), tasa aplicable y pagos a cuenta: en el RMT, 1% mientras los ingresos no superen 300 UIT; en el Régimen General, el mayor entre el coeficiente y 1.5%. Ver RMT vs Régimen General.
Financiar con préstamo o con capitalDeducción de intereses con el límite del 30% del EBITDA tributario frente al aporte de capital, y retención si el acreedor está en el exterior.
Repartir dividendos o reinvertirRetención del 5%, oportunidad de la distribución y necesidades de caja del negocio.
Comprar un activo o tomarlo en leasingDepreciación tributaria, crédito fiscal del IGV y efecto en el flujo de caja. Ver leasing financiero.
Reorganizar el grupoFusión o escisión: valor al que se transfieren los activos, uso de pérdidas tributarias con sus límites y costos de implementación.
Remunerar a socios que trabajan en la empresaDeducción de la remuneración dentro del valor de mercado y su efecto frente a distribuir dividendos.
LÍMITES

Dónde termina la planificación: la Norma XVI

La Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario es la cláusula antielusiva general. Permite a SUNAT desconocer actos artificiosos o impropios cuando, aparte del ahorro tributario, producen efectos iguales o similares a los de los actos usuales. En ese caso exige el impuesto de la operación real, con intereses y multas.

Su aplicación se reguló con el Decreto Legislativo 1422 y el Decreto Supremo 145-2019-EF. SUNAT solo puede aplicarla en una fiscalización definitiva y con opinión previa de su Comité Revisor. El mismo decreto legislativo asignó al directorio el deber de definir la estrategia tributaria de la sociedad.

Cómo trabajamos dentro de esos límites

Solo recomendamos operaciones con razón de negocio verificable: un propósito económico que existiría aunque no hubiera ahorro fiscal. Si una alternativa depende únicamente del ahorro, te lo decimos y no la recomendamos.

Cuando se aplica la Norma XVI, los representantes legales que colaboraron en diseñar, aprobar o ejecutar esos actos pueden responder solidariamente. Por eso documentamos cada decisión desde el inicio.

HONORARIOS

Honorario por proyecto o como soporte continuo

La planificación se cotiza por proyecto según el número de decisiones a analizar, la complejidad de las operaciones y el tamaño del grupo. Si prefieres soporte continuo, está incluida en el control estratégico.

REVISIÓN DE UNA OPERACIÓN

Se cotiza por proyecto

Análisis de una decisión concreta —dividendos, financiamiento, compra de un activo— con alternativas cuantificadas e informe escrito.

PLANIFICACIÓN ANUAL

Se cotiza por proyecto

Diagnóstico de la empresa o del grupo, evaluación de régimen y calendario de las decisiones del ejercicio.

CONTROL ESTRATÉGICO

Desde S/ 3,500 al mes

Planificación tributaria continua junto con reporting para dirección y soporte laboral y societario.

Montos referenciales en soles, no incluyen IGV. La propuesta final se define después del diagnóstico. Cómo definimos los honorarios →

POR QUÉ LYNCH

Cómo planificamos

Razón de negocio primero

Cada alternativa se sostiene en un propósito económico real y documentado, no solo en el ahorro.

Números, no modelos genéricos

Cuantificamos cada alternativa con los estados financieros y las proyecciones de tu empresa.

Tributario, contable y societario juntos

La planificación se implementa en contratos, actas, asientos y declaraciones; lo coordinamos en un solo equipo.

Reconocimiento externo

Leaders League nos incluyó entre las firmas contables destacadas del Perú en 2024, 2025 y 2026.

PREGUNTAS FRECUENTES

Preguntas sobre planificación tributaria

¿Cuándo conviene hacer planificación tributaria?

Antes de ejecutar la operación y durante el ejercicio, no al cerrarlo. Al momento de la declaración anual la mayoría de decisiones ya está tomada y solo queda determinar correctamente el impuesto.

¿Es lo mismo que elusión?

No. La planificación se apoya en la razón de negocio y en el sustento de operaciones reales. Las estructuras artificiosas cuyo único efecto relevante es el ahorro fiscal son las que la Norma XVI permite desconocer.

¿Cuánto se puede reducir la carga fiscal?

Depende de la situación de partida. Una empresa que nunca revisó su régimen, su tratamiento de gastos o su estructura de vinculadas suele tener margen; una que ya está ordenada, mucho menos. No trabajamos con porcentajes prometidos de antemano.

¿Cuánto cuesta un proyecto de planificación?

Se cotiza por proyecto después del diagnóstico, según el número de decisiones a analizar y su complejidad. Si necesitas soporte continuo, la planificación está incluida en el control estratégico, desde S/ 3,500 al mes más IGV.

¿Sirve para una empresa en el Régimen MYPE Tributario?

Sí. Permanecer en el RMT o pasar al Régimen General, y el momento de hacerlo, es en sí misma una decisión de planificación con efecto directo en caja.

¿El directorio tiene que aprobar la planificación?

El Decreto Legislativo 1422 asignó al directorio el deber de definir la estrategia tributaria de la sociedad. En la práctica, conviene que las decisiones relevantes consten en actas con su sustento, también en sociedades sin directorio, donde las aprueban la gerencia o la junta.

¿Qué necesitan para empezar?

Estados financieros de los dos últimos ejercicios, declaraciones anuales, estructura societaria y el detalle de las operaciones no habituales previstas. Con eso identificamos dónde hay margen real.

¿Cuándo revisaste por última vez tu estructura tributaria?

Analizamos dónde hay margen real y qué sustento haría falta, antes de que cierre el ejercicio.

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