Mantenemos en regla la vida societaria de tu empresa —juntas, actas, poderes, capital, accionistas y beneficiario final— y revisamos su efecto contable y tributario antes de firmar.
Leaders League 2024 · 2025 · 2026Entre las firmas contables destacadas del Perú, tres años consecutivos.Ver perfil →Los problemas societarios se descubren cuando urge algo: el banco pide una vigencia de poder que no existe, entra un socio y nadie sabe quién figura en la matrícula, o un comprador encuentra juntas sin firmar. Ordenar a tiempo cuesta mucho menos que corregir bajo presión.
Crecieron rápido, los acuerdos se tomaron de palabra y los libros quedaron atrás. Hay que regularizar juntas, poderes y capital antes de que surja un conflicto entre socios.
Venta de acciones, ingreso de un inversionista, crédito o licitación. Todas empiezan con una revisión legal; conviene llegar ordenado al due diligence.
La matriz necesita juntas anuales en plazo, poderes inscritos para el gerente local y firmas a distancia. Ver empresas extranjeras en Perú.
Puedes contratarnos para un acto puntual o para llevar la vida societaria de forma continua.
| Entregable | Qué hacemos | Frecuencia |
|---|---|---|
| Junta obligatoria anual | Convocatoria, acta de aprobación de estados financieros y gestión, aplicación de utilidades y, si corresponde, designación de auditores o directores. | Anual |
| Libros societarios | Legalización y llenado de libros de actas de junta, de directorio y matrícula de acciones; regularización de actas atrasadas. | Permanente |
| Poderes y gerencia | Régimen de poderes por niveles y montos, nombramiento y remoción de gerentes y apoderados, inscripción en SUNARP. | Por acto |
| Aumento y reducción de capital | Aportes dinerarios y no dinerarios, capitalización de deudas o utilidades, prima de emisión, escritura, inscripción y asiento contable. | Por acto |
| Transferencia de acciones o participaciones | Contrato, adquisición preferente, anotación en matrícula, impuesto del vendedor y actualización de beneficiario final. | Por acto |
| Distribución de dividendos | Acuerdo de junta, utilidades distribuibles, reserva legal y retención del 5% del Impuesto a la Renta. | Por acto |
| Beneficiario final | Identificación de quienes poseen o controlan la empresa y declaración en el Formulario Virtual 3800 de SUNAT. | Inicial y ante cambios |
| Auditoría societaria | Revisión de partida, libros, poderes y matrícula frente a la realidad, con informe de contingencias y plan de regularización. | Al inicio |
Comparamos partida registral, libros y estatuto con la realidad de la empresa y te decimos qué está pendiente y qué riesgo tiene.
Antes de redactar revisamos el efecto contable y tributario: valor de las acciones, Impuesto a la Renta o pérdidas tributarias.
Preparamos actas, minutas y poderes; coordinamos notaría y, si hay firmantes en el exterior, apostilla y traducción.
Presentamos a SUNARP, atendemos observaciones y dejamos libros, beneficiario final y asiento contable al día.
Los actos más frecuentes en S.A.C. y S.A. El estatuto puede exigir mayorías o requisitos adicionales a los de la Ley General de Sociedades.
| Acto | Quién decide | Formalidad | Punto de cuidado |
|---|---|---|---|
| Nombramiento o cambio de gerente | Junta o directorio, según estatuto | Acta certificada o escritura e inscripción en SUNARP | Revocar los poderes anteriores en el mismo acto. Ver cambio de gerente general. |
| Otorgamiento de poderes | Junta, directorio o gerente facultado | Inscripción en SUNARP para oponerlos a terceros | Límites por monto y firmas conjuntas para bancos. |
| Aumento de capital | Junta con quórum y mayoría calificados | Minuta, escritura e inscripción | Derecho de suscripción preferente y registro de la prima, si existe. |
| Reducción de capital | Junta con quórum y mayoría calificados | Escritura, publicaciones del acuerdo e inscripción | Los acreedores pueden oponerse; revisar el efecto tributario de la devolución. |
| Transferencia de acciones | Accionista vendedor; en la S.A.C., con adquisición preferente | Contrato y anotación en matrícula de acciones | Valor de mercado, impuesto del vendedor y beneficiario final. |
| Modificación de estatuto | Junta con quórum y mayoría calificados | Escritura e inscripción | Que refleje cómo se gobierna la empresa. Ver modificación de estatutos. |
Además de los actos puntuales, toda sociedad tiene un calendario mínimo. En la S.A. y la S.A.C., la junta obligatoria anual debe celebrarse dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio (artículo 114 de la Ley General de Sociedades): con ejercicio calendario, hasta el 31 de marzo.
En esa junta se aprueban la gestión y los estados financieros y se decide la aplicación de utilidades. Si hay utilidades, primero se destina el 10% a la reserva legal hasta alcanzar la quinta parte del capital.
El gerente que firma con el banco no figura en SUNARP. La última junta anual registrada es de hace años. Un aumento de capital está en la contabilidad pero no en la partida. Los socios no coinciden entre la matrícula y la declaración de beneficiario final.
Todo se puede regularizar; cuanto antes, más simple.
Los actos societarios son trabajos no recurrentes y se cotizan aparte, según su complejidad y el número de firmantes. Los gastos notariales y registrales se presupuestan por separado.
Cambio de gerente, poderes, aumento de capital, transferencia de acciones o modificación de estatuto, con su inscripción.
Puesta al día de libros, juntas anuales pendientes, poderes y beneficiario final, con un plan por etapas.
Contabilidad, reporting para dirección y soporte laboral y societario continuo, incluida la junta anual.
Montos referenciales en soles, no incluyen IGV. La propuesta final se define después del diagnóstico. Cómo definimos los honorarios →
Abogados y contadores revisan el mismo acto: lo inscrito en SUNARP y lo registrado en libros coinciden.
Revisamos retenciones, valor de mercado e Impuesto a la Renta antes de que el acuerdo sea irreversible.
Coordinamos accionistas y apoderados en el exterior: poderes, apostillas, traducciones y notaría.
Leaders League nos incluyó entre las firmas contables destacadas del Perú en 2024, 2025 y 2026.
Los estados financieros y la aplicación de utilidades no quedan aprobados formalmente, lo que complica repartir dividendos o sustentar decisiones ante un banco o un socio. Se regulariza celebrando las juntas pendientes con las formalidades del estatuto y asentándolas en el libro de actas.
La ley no fija un vencimiento general: el poder dura lo que diga el estatuto o el acuerdo, o hasta que se revoque. Pero bancos y notarías piden una vigencia de poder reciente de SUNARP, por eso conviene revisar el régimen de poderes cada año.
Es la persona natural que, directa o indirectamente, posee o controla la empresa. La sociedad lo declara a SUNAT en el Formulario Virtual 3800 y actualiza la información cuando cambia la propiedad o el control; si el accionista es una empresa extranjera, hay que llegar hasta las personas naturales de la cadena.
Salvo que el estatuto diga otra cosa, el vendedor debe ofrecer primero las acciones a los demás accionistas. Luego se firma el contrato, se comunica a la sociedad y se anota en la matrícula; el vendedor puede deber Impuesto a la Renta por la ganancia.
Los dividendos que reciben personas naturales y no domiciliados tienen una retención del 5% del Impuesto a la Renta, que la empresa retiene y declara. Antes del acuerdo verificamos las utilidades distribuibles y la reserva legal.
Depende de cómo se estructure. El arrastre de pérdidas, el valor de los bienes transferidos y el crédito fiscal se analizan antes de acordarla. Ver escisión de empresas.
Sí. Trabajamos de forma remota en todo el Perú; las firmas se hacen en notarías de cualquier ciudad y la mayoría de actos se presenta a SUNARP de forma electrónica.
Revisamos partida, libros, poderes y beneficiario final, y te decimos qué regularizar antes de que lo revise un tercero.