EsSalud es el seguro social de los trabajadores en planilla y lo financia el empleador con un aporte de 9% de la remuneración. El SIS es el seguro público del Estado para quienes no tienen otro seguro de salud. La EPS no es una alternativa a EsSalud, sino un complemento privado: si tu empresa la contrata, sigues siendo asegurado de EsSalud y te atiendes en clínicas para la atención de menor complejidad. Cuál te conviene depende sobre todo de si estás en planilla.

EsSalud: el seguro de los trabajadores en planilla

EsSalud (Seguro Social de Salud) es una entidad pública que administra el régimen contributivo de la seguridad social en salud regulado por la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud. Son afiliados regulares, entre otros, los trabajadores dependientes del sector privado y público, los trabajadores CAS y los pensionistas.

Quién paga y cuánto

El aporte de los trabajadores dependientes es de 9% de la remuneración y lo paga íntegramente el empleador: no se descuenta del sueldo, a diferencia de la ONP o la AFP. La base mínima es la remuneración mínima vital, de modo que desde el 1 de octubre de 2026, con la RMV de S/ 1,230, el aporte mínimo mensual es S/ 110.70, aunque el trabajador gane menos por trabajar a tiempo parcial. Los pensionistas aportan un porcentaje de su pensión, que retiene la entidad que les paga.

El empleador declara y paga el aporte mensualmente con el PDT PLAME, junto con las retenciones de pensiones y quinta categoría. Si quieres ver cómo se registra, revisa el asiento contable del pago a EsSalud y AFP.

A quién cubre

Además del titular, cubre a sus derechohabientes: el cónyuge o concubino, los hijos menores de edad, los hijos mayores de edad con incapacidad total y permanente para el trabajo y la madre gestante de un hijo extramatrimonial durante la gestación. Los padres del trabajador no son derechohabientes. Los derechohabientes deben estar registrados por el empleador en el T-Registro, como explicamos en la guía del T-Registro y el PLAME.

Qué cubre

Para tener derecho a las prestaciones, el titular necesita cumplir aportes mínimos (en general, tres meses consecutivos o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses anteriores, salvo emergencias y accidentes).

Qué pasa si pierdes el empleo: la latencia

Si cesas, no pierdes la cobertura de inmediato. El artículo 11 de la Ley 26790 reconoce un periodo de latencia: dos meses de cobertura por cada cinco meses de aportes en los últimos tres años, con un máximo de doce meses. Se requieren al menos cinco meses de aportes, que no necesitan ser consecutivos.

Meses aportados (últimos 36)Latencia
5 a 92 meses
10 a 144 meses
15 a 196 meses
20 a 248 meses
25 a 2910 meses
30 a 3612 meses

Para que la latencia se active, el empleador debe dar de baja al trabajador en el T-Registro con la fecha correcta de cese.

SIS: el seguro público para quienes no tienen otro seguro

El Seguro Integral de Salud (SIS) es un organismo del Ministerio de Salud que financia la atención de las personas sin seguro en los establecimientos del MINSA y de los gobiernos regionales. Sus planes principales son:

La cobertura incluye emergencias, consultas, hospitalización, cirugías, maternidad y programas preventivos, sujeta al plan de beneficios y, en muchos casos, a la referencia desde el establecimiento de primer nivel. Las enfermedades de alto costo, como varios tipos de cáncer o la insuficiencia renal crónica, se financian a través del FISSAL.

El SIS no otorga subsidios económicos por incapacidad o maternidad como EsSalud: cubre la atención, no reemplaza el ingreso.

EPS: el complemento privado de EsSalud

Las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) son empresas privadas supervisadas por SUSALUD que brindan servicios de salud a los afiliados regulares de EsSalud cuando su empleador contrata un plan. El plan se elige con participación de los trabajadores y la afiliación es voluntaria para cada trabajador.

Cómo se financia

El empleador sigue pagando el 9%. Lo que cambia es el destino: el 25% del aporte (es decir, 2.25% de la remuneración) se aplica como crédito para pagar a la EPS, y EsSalud recibe el 75% restante (6.75%). Si el plan cuesta más que ese crédito, la diferencia la cubren el empleador y el trabajador según lo pactado. Por eso la bonificación extraordinaria de la gratificación es de 6.75% en lugar de 9% cuando el trabajador tiene EPS: lo explicamos en la guía de la gratificación de julio y diciembre.

Qué cubre la EPS y qué sigue en EsSalud

La EPS atiende como mínimo la llamada capa simple: atenciones ambulatorias frecuentes y de menor complejidad en las clínicas de su red, normalmente con copagos (un monto fijo por consulta y un porcentaje en medicinas). Las prestaciones de mayor complejidad (capa compleja), los subsidios económicos y las enfermedades de alto costo siguen a cargo de EsSalud, salvo que el plan las amplíe. El trabajador con EPS mantiene su derecho a atenderse en EsSalud.

Cuadro comparativo

AspectoEsSaludSISEPS
NaturalezaSeguro social público contributivoSeguro público subsidiado (con planes contributivos)Entidad privada que complementa a EsSalud
Quién pagaEmpleador: 9% de la remuneración (mínimo S/ 110.70)El Estado; en planes contributivos, el asegurado o la microempresaCrédito de 25% del aporte a EsSalud más el costo adicional del plan y copagos
Para quiénTrabajadores en planilla, CAS, pensionistas y derechohabientesPersonas sin otro seguro de saludTrabajadores en planilla cuyo empleador contrata un plan
RedHospitales y policlínicos de EsSaludEstablecimientos del MINSA y gobiernos regionalesClínicas privadas de la red del plan
Subsidios económicosSí: incapacidad temporal, maternidad, lactanciaNoNo (los paga EsSalud)
Base legalLey 26790Normas del SIS y del aseguramiento universalLey 26790; supervisión de SUSALUD

Casos prácticos 2026

Caso 1: trabajador en planilla con EPS

Luis gana S/ 3,000 mensuales y su empresa contrató una EPS. El aporte de octubre de 2026 es:

ConceptoCálculoImporte (S/)
Aporte total a cargo del empleador9% de 3,000270.00
Crédito aplicado a la EPS25% de 27067.50
Pago neto a EsSalud270 − 67.50202.50

Su sueldo no cambia: ni el 9% ni el crédito se le descuentan. Si el plan EPS cuesta más de S/ 67.50 al mes, la diferencia se reparte según el acuerdo con la empresa. En diciembre, su bonificación extraordinaria será 6.75% de la gratificación: 6.75% de 3,000 = S/ 202.50.

Caso 2: trabajadora a tiempo parcial

Carmen trabaja 15 horas semanales y gana S/ 600. Aunque su remuneración es menor que la RMV, el empleador debe aportar a EsSalud sobre la base mínima: 9% de S/ 1,230 = S/ 110.70. Más detalles en la guía del contrato part time.

Caso 3: independiente que emite recibos por honorarios

Ana trabaja con recibos por honorarios y no está en planilla, de modo que no tiene EsSalud regular. Si no tiene ningún seguro, puede afiliarse al SIS Para Todos. También puede contratar un plan de EsSalud para independientes o un seguro privado si quiere atenderse en otra red. Lo que no debe hacer es quedarse sin cobertura.

Caso 4: trabajador que acaba de cesar

Pedro cesó el 31 de octubre de 2026 después de 22 meses de aportes en los últimos tres años. Le corresponden 8 meses de latencia en EsSalud. Mientras dure, no puede afiliarse al SIS Para Todos porque ya tiene un seguro vigente; al terminar, si no consigue otro empleo formal, puede hacerlo.

Lo que debe cuidar el empleador

Errores frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Puedo tener SIS y EsSalud a la vez?

No. El SIS está dirigido a personas sin otro seguro, y al entrar a planilla pasas a EsSalud. Si en la consulta en línea apareces con ambos, suele ser un desfase de bases de datos que se regulariza en el SIS.

¿Qué es mejor, SIS o EsSalud?

No eliges libremente: si estás en planilla, te corresponde EsSalud. Si no tienes empleo formal ni otro seguro, el SIS es la opción pública disponible. EsSalud, además, paga subsidios cuando no puedes trabajar.

¿Me conviene aceptar la EPS que ofrece mi empresa?

Suele convenir si valoras atenderte en clínicas con menos espera. Revisa el costo adicional que te descontarán (si lo hay), los copagos y la red de clínicas cercanas.

¿EsSalud es público o privado?

Es público. Es un organismo adscrito al Ministerio de Trabajo, financiado con los aportes de empleadores y asegurados.

¿Cuánto me cubre EsSalud si me despiden?

Entre dos y doce meses de latencia, según los meses aportados en los últimos tres años. Si tienes un descanso médico en curso, revisa también cómo funciona el pago del descanso médico.

Conclusión

EsSalud es la base para todo trabajador en planilla, la EPS una mejora opcional pagada en parte con el propio aporte a EsSalud, y el SIS la red de protección para quien no tiene otro seguro. Para el empleador, lo importante es registrar bien, aportar sobre la base correcta y aplicar la tasa de bonificación que corresponda. En Lynch revisamos estas obligaciones como parte de nuestra asesoría laboral en Lima, para que tus trabajadores tengan la cobertura que les corresponde y tu empresa no asuma contingencias.

Este artículo pertenece aLaboral y planillas·Centro de conocimiento

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