Una factura electrónica aceptada por SUNAT no se borra: se anula con una comunicación de baja (solo si todavía no se entregó al cliente y dentro de los 7 días calendario siguientes a la recepción del CDR) o, en los demás casos, con una nota de crédito de tipo "anulación de la operación". El IGV de la factura anulada se resta del débito fiscal del mes en que se emite la nota de crédito, sin rectificar el mes de la factura. Contablemente, se revierten el ingreso, el IGV y la cuenta por cobrar: se carga a ventas e IGV y se abona a clientes.
Abajo verás cuándo usar cada vía, los asientos del vendedor y del comprador, el efecto en el SIRE y los errores que SUNAT detecta con más frecuencia.
Comunicación de baja o nota de crédito: cuál corresponde
| Situación | Vía | Efecto |
|---|---|---|
| Factura con CDR aceptado que no se entregó al cliente y está dentro de los 7 días calendario desde el día siguiente a la recepción del CDR | Comunicación de baja | La factura queda sin efecto; no hay débito fiscal que declarar |
| Factura ya entregada al cliente, o fuera de plazo para la baja | Nota de crédito "anulación de la operación" | Se deduce el IGV en el mes de la nota |
| Factura emitida a un RUC equivocado | Nota de crédito "anulación por error en el RUC" y nueva factura al RUC correcto | Se anula la primera y se declara la segunda |
| El cliente devuelve todo lo que compró | Nota de crédito "devolución total" | Igual que la anulación, con sustento de la devolución |
| Solo cambia el precio por un descuento posterior | Nota de crédito "descuento" | Anulación parcial; ver nuestro artículo sobre descuentos por pronto pago |
Recuerda que la factura electrónica debe enviarse a SUNAT o al OSE hasta el tercer día calendario siguiente a su emisión (RS 000003-2023/SUNAT). Si no se envía, no tiene la calidad de factura electrónica, y no hay nada que anular: corresponde emitir un comprobante válido.
Base legal
- Art. 10 del Reglamento de Comprobantes de Pago (RS 007-99/SUNAT): la nota de crédito se emite por anulaciones, descuentos, bonificaciones y devoluciones, al mismo adquirente y respecto de comprobantes emitidos antes. Debe identificar el comprobante que modifica.
- Art. 26 de la Ley del IGV (TUO DS 055-99-EF): regula las deducciones del impuesto bruto por descuentos, devoluciones y anulaciones de operaciones, que se sustentan con nota de crédito.
- Normas del sistema de emisión electrónica (por ejemplo, RS 097-2012/SUNAT para el SEE-Del contribuyente): regulan la nota de crédito electrónica, su serie (empieza con F si modifica una factura) y la comunicación de baja.
Si quieres repasar en qué momento nació el IGV de la factura original, revisa cuándo nace la obligación tributaria del IGV.
Caso práctico 2026: servicio facturado en setiembre y anulado en octubre
El 30 de setiembre de 2026, Consultores del Sur SAC emite y entrega la factura F001-245 por un servicio de consultoría: valor S/ 10,000, IGV 15.5% S/ 1,550 e IPM 2.5% S/ 250 (18%: S/ 1,800), total S/ 11,800. El cliente aún no ha pagado. El 15 de octubre ambas partes acuerdan dejar sin efecto el contrato antes de que se preste el servicio.
Qué pasa con el IGV
- Setiembre: la factura se declara normalmente con su débito fiscal de S/ 1,800. No se rectifica la declaración de setiembre, porque la factura era válida al emitirse.
- Octubre: el vendedor emite la nota de crédito FC01-12 (tipo "anulación de la operación") por S/ 11,800 y resta S/ 1,800 de su débito fiscal de octubre.
- Comprador: si usó los S/ 1,800 como crédito fiscal en setiembre, debe reducir su crédito en octubre por el mismo importe.
Asientos del vendedor
| Cuenta | Debe (S/) | Haber (S/) |
|---|---|---|
| 1212 Emitidas en cartera | 11,800.00 | |
| 7041 Prestación de servicios – Terceros | 10,000.00 | |
| 40111 IGV – Cuenta propia | 1,800.00 | |
| 30/09: por la factura F001-245 | ||
| 7041 Prestación de servicios – Terceros | 10,000.00 | |
| 40111 IGV – Cuenta propia | 1,800.00 | |
| 1212 Emitidas en cartera | 11,800.00 | |
| 15/10: por la nota de crédito FC01-12 | ||
| Totales | 23,600.00 | 23,600.00 |
Si el cliente ya había pagado, la nota de crédito genera una obligación de devolverle el dinero. Como el cobro ya canceló la 12, el abono de la nota deja un saldo acreedor en esa cuenta (un importe por devolver), que se cancela con la transferencia: debe 1212 S/ 11,800 y haber 1041 S/ 11,800.
Asientos del comprador
| Cuenta | Debe (S/) | Haber (S/) |
|---|---|---|
| 6321 Asesoría y consultoría – Administrativa | 10,000.00 | |
| 40111 IGV – Cuenta propia | 1,800.00 | |
| 4212 Emitidas | 11,800.00 | |
| 30/09: por la factura recibida | ||
| 4212 Emitidas | 11,800.00 | |
| 6321 Asesoría y consultoría – Administrativa | 10,000.00 | |
| 40111 IGV – Cuenta propia | 1,800.00 | |
| 15/10: por la nota de crédito recibida | ||
| Totales | 23,600.00 | 23,600.00 |
Si el gasto ya se había cerrado en un ejercicio anterior, el comprador abona una cuenta de ingreso (por ejemplo, la 75) en lugar del gasto. Si quieres repasar la lógica de los asientos, revisa cómo registrar un asiento contable.
Caso de error en el RUC
El 8 de octubre de 2026 se emite la factura F001-260 por S/ 5,000 + IGV S/ 900 (total S/ 5,900) consignando por error el RUC de otra empresa del grupo. No se puede corregir el RUC con una nota de crédito de "corrección": se emite una nota de crédito tipo "anulación por error en el RUC" por S/ 5,900 y una nueva factura F001-261 al RUC correcto. En el Registro de Ventas de octubre aparecen las tres: la factura original (débito S/ 900), la nota de crédito (−S/ 900) y la nueva factura (S/ 900). El débito neto del mes por esa operación es S/ 900.
La empresa cuyo RUC figuró por error no debe usar esa factura como crédito fiscal. Si la registró, debe revertirla.
Comunicación de baja: cómo hacerla
- Verifica que la factura tenga CDR aceptado y que no se haya entregado al cliente.
- Envía la comunicación de baja desde SUNAT Operaciones en Línea (si emites desde el portal) o desde tu sistema u OSE, dentro de los 7 días calendario contados desde el día siguiente a la recepción del CDR.
- Una sola comunicación puede incluir varias facturas y boletas, siempre que sean del mismo día de emisión.
- Si ya la habías contabilizado, revierte el asiento en el mismo mes. La factura de baja no se anota con débito en el Registro de Ventas.
Efecto en el SIRE y en el Impuesto a la Renta
En el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico del SIRE, la nota de crédito aparece en la propuesta del mes en que se emite, con referencia a la factura modificada. Revisa que el tipo de nota y la referencia sean correctos antes de aceptar la propuesta, porque el comprador verá el mismo documento en su Registro de Compras.
Para el Impuesto a la Renta, la anulación reduce el ingreso del vendedor. Si la factura era del ejercicio anterior, analiza el motivo: si la operación nunca existió (error de emisión), puede corresponder rectificar la declaración de ese ejercicio; si se trata de la resolución posterior de un contrato real, el efecto suele reconocerse en el ejercicio en que ocurre. Lo explicamos con más detalle en qué significa devengado en contabilidad.
Errores frecuentes
- Rectificar el mes de la factura en lugar de deducir el IGV en el mes de la nota de crédito.
- Restar el IGV sin emitir nota de crédito. SUNAT desconoce la deducción, cobra el débito omitido con intereses y aplica la multa del art. 178, numeral 1, del Código Tributario.
- Hacer el asiento al revés: cargar a clientes y abonar a ventas duplica la venta en lugar de anularla.
- Usar la comunicación de baja para una factura ya entregada o fuera de plazo.
- Emitir la nota con el tipo equivocado (por ejemplo, "corrección por error en la descripción" para anular toda la operación). Lo vemos en errores de IGV en comprobantes electrónicos.
- Para el comprador, no reducir el crédito fiscal al recibir la nota. SUNAT lo detecta al cruzar el SIRE de ambas partes; revisa cuándo SUNAT rechaza el crédito fiscal.
Preguntas frecuentes
¿Se puede anular una factura electrónica de un mes anterior?
Sí, con nota de crédito. El IGV se deduce en el mes en que se emite la nota; no se modifica la declaración del mes de la factura.
¿Hay plazo para emitir la nota de crédito de anulación?
No hay un plazo general, pero debe emitirse cuando ocurre el hecho que la justifica y estar sustentada (contrato resuelto, acta, correos). Una anulación muy posterior sin sustento llama la atención en una fiscalización.
¿Puedo anular solo una parte de la factura?
Sí, con una nota de crédito por el ítem o importe correspondiente, por ejemplo por devolución parcial o descuento.
¿Qué hago si la factura tenía detracción ya depositada?
El depósito queda en la cuenta del proveedor en el Banco de la Nación. Puede aplicarse a otras deudas tributarias del proveedor o, si cumple los requisitos, solicitarse su liberación; el cliente recupera el importe con el proveedor.
Ordena tus comprobantes antes de que SUNAT los cruce
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