La Ley 32132, publicada en El Peruano el 10 de octubre de 2024, promueve el cuidado integral y multidisciplinario de la madre (y del padre, cuando corresponda) ante la muerte gestacional y neonatal. Garantiza apoyo psicoemocional en establecimientos de salud públicos, privados o mixtos, permite solicitar la entrega de los restos, crea un registro voluntario del mortinato a cargo del Reniec e instituye el 15 de octubre como día nacional de concientización. La ley no crea una licencia laboral nueva: los derechos del trabajador frente a su empleador siguen las normas laborales y de seguridad social que explicamos más abajo.
Qué establece la Ley 32132, artículo por artículo
Objeto y definiciones (arts. 1 y 2)
La ley busca promover el cuidado integral de la madre ante la muerte y el duelo gestacional y neonatal, y precisa que no colisiona ni restringe el artículo 119 del Código Penal (aborto terapéutico). Define:
- Muerte gestacional: cese de las funciones vitales del feto en cualquier momento del embarazo o durante el parto, antes de su separación completa del cuerpo de la madre.
- Muerte neonatal: fallecimiento de un nacido vivo desde el nacimiento hasta los 28 días completos.
- Mortinato: concebido que fallece en el vientre materno por cualquier causa, sin importar la edad gestacional ni el peso.
Documento normativo del Minsa (art. 3)
El Ministerio de Salud, como ente rector, debe aprobar un documento normativo para la atención integral de la madre y, cuando corresponda, del padre. Además de los derechos de la Ley 29414 (derechos de los usuarios de los servicios de salud), debe guiarse por el trato humanizado y las circunstancias particulares de estas pérdidas. La ley le dio un plazo de 120 días calendario desde su vigencia.
Atención en salud mental (art. 4)
La madre y, cuando corresponda, el padre reciben acompañamiento psicoemocional especializado en establecimientos públicos, privados o mixtos durante su permanencia y hasta que el profesional tratante lo determine. El personal de salud debe recibir capacitación periódica y también apoyo psicoemocional.
Entrega de restos (art. 5)
La madre, el padre o su representante pueden solicitar la entrega de los restos cuando sea clínicamente posible, conforme al artículo 5 del Reglamento de la Ley 29414 (DS 027-2015-SA).
Registro Especial para la Inscripción del Mortinato (art. 6)
- Está a cargo del Reniec y es voluntario.
- Registra la referencia al certificado de defunción fetal y los nombres elegidos; cuando sea clínicamente posible, también sexo, edad gestacional, peso, fecha, hora, lugar, causa probable y nombres de los padres.
- Solo puede solicitarlo la madre, dentro de los seis meses siguientes a la emisión del certificado de defunción fetal. Vencido el plazo, ya no procede la inscripción.
- Tiene carácter simbólico: no otorga derechos en general ni derechos patrimoniales, no modifica el Código Civil ni genera obligaciones.
Para las pérdidas ocurridas antes de la vigencia de la ley, la disposición complementaria transitoria permitió la inscripción dentro de los seis meses siguientes al inicio del registro, con un documento de un profesional de la salud que acredite la fecha del fallecimiento. El Reniec implementó el registro mediante la Resolución Jefatural 000064-2025/JNAC/RENIEC, que encargó su conducción a la Dirección de Registros Civiles.
Día Nacional (primera disposición complementaria final)
El 15 de octubre de cada año es el Día Nacional de la Concientización sobre la Muerte Gestacional y Neonatal. El Minsa realiza actividades de difusión con su presupuesto institucional.
Cuadro resumen
| Eje | Qué dispone | Base |
|---|---|---|
| Atención integral | Documento normativo del Minsa con trato humanizado | Art. 3 |
| Salud mental | Acompañamiento psicoemocional a madre y padre | Art. 4 |
| Restos | Entrega a solicitud cuando sea clínicamente posible | Art. 5; DS 027-2015-SA |
| Registro del mortinato | Voluntario, simbólico, solo a pedido de la madre, plazo de 6 meses | Art. 6 |
| Concientización | 15 de octubre, día nacional | 1ª DCF |
Qué derechos laborales tiene el trabajador ante una pérdida gestacional o neonatal
La Ley 32132 es una norma de salud y registro. Para el empleador, los derechos aplicables vienen de otras normas:
- Licencia por fallecimiento (Ley 31602 y DS 013-2023-TR): cinco días calendario con goce de remuneración por la muerte del cónyuge, padres, hijos o hermanos, ampliables por el término de la distancia si el fallecimiento ocurre en otra localidad. En una muerte neonatal hubo un nacido vivo, por lo que ambos padres trabajadores pueden pedirla. El trabajador comunica por escrito el inicio y la duración, y luego acredita el parentesco.
- Descanso por maternidad (Ley 26644): en una muerte neonatal hubo parto, y la trabajadora conserva su descanso de 98 días y, si cumple los requisitos de aportación, el subsidio por maternidad de EsSalud. Revisa el cálculo en subsidio por maternidad y lactancia.
- Descanso médico: ante una pérdida gestacional, el médico puede emitir un certificado de incapacidad temporal. El empleador paga los primeros 20 días de incapacidad del año y EsSalud subsidia desde el día 21 (Ley 26790). Más detalle en descanso médico: derechos y pago.
- Protección contra el despido: es nulo el despido motivado por el embarazo, el nacimiento y sus consecuencias, si ocurre durante la gestación o dentro de los 90 días posteriores al nacimiento (TUO DL 728, DS 003-97-TR, art. 29 inc. e).
Muchas empresas otorgan días adicionales por política interna ante una pérdida gestacional; no es obligatorio, pero conviene dejarlo por escrito en el reglamento interno para tratar igual a todos los casos. Las reformas recientes, como esta o la Ley 32130 que modificó el Código Procesal Penal, son un buen motivo para revisar las políticas de la empresa; si la revisión la hará un despacho externo, el FODA de un estudio de abogados te ayuda a evaluar a quién contratar.
Caso práctico 2026: licencia del padre ante una muerte neonatal
Luis trabaja en una empresa del régimen general con una remuneración de S/ 2,500, afiliado a la ONP. En octubre de 2026 su hija fallece a los diez días de nacida. Luis comunica por escrito que tomará la licencia del 12 al 16 de octubre.
- Días de licencia: 5 días calendario con goce de remuneración.
- Valor de la licencia: S/ 2,500 ÷ 30 × 5 = S/ 416.67. No se descuenta: la remuneración del mes se paga completa.
- Retenciones: ONP 13% × 2,500 = S/ 325. No hay retención de quinta categoría, porque su renta anual proyectada (2,500 × 14 = S/ 35,000) no supera 7 UIT (S/ 38,500).
- EsSalud: 9% × 2,500 = S/ 225, a cargo del empleador.
- Neto a pagar: 2,500 − 325 = S/ 2,175.
Asiento de la planilla de octubre:
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| 6211 Sueldos y salarios | S/ 2,500.00 | |
| 6271 Régimen de prestaciones de salud | S/ 225.00 | |
| 4031 Instituciones públicas – EsSalud | S/ 225.00 | |
| 4032 Instituciones públicas – ONP | S/ 325.00 | |
| 4111 Sueldos y salarios por pagar | S/ 2,175.00 | |
| Total | S/ 2,725.00 | S/ 2,725.00 |
En el PLAME, los días de licencia se declaran como días subsidiados o no laborados con goce, según el tipo de suspensión que corresponda; el detalle está en la guía para registrar trabajadores en T-Registro y PLAME.
Errores frecuentes de los empleadores
- Creer que la Ley 32132 creó una licencia laboral: no lo hizo; la licencia por fallecimiento viene de la Ley 31602.
- Descontar los días de licencia: la licencia por fallecimiento es con goce de remuneración.
- Exigir documentos antes de otorgarla: el reglamento permite acreditar el parentesco al término de la licencia.
- Desvincular a la trabajadora en los meses siguientes: dentro de los 90 días posteriores al nacimiento, un despido vinculado al embarazo o el parto es nulo y da lugar a la reposición.
- Tratar de forma distinta casos similares: si la empresa da días adicionales, debe hacerlo con una política escrita.
Preguntas frecuentes
¿El registro del mortinato es obligatorio?
No. Es voluntario y simbólico, solo puede pedirlo la madre y debe hacerse dentro de los seis meses siguientes a la emisión del certificado de defunción fetal.
¿La inscripción da derechos de herencia u otros beneficios?
No. El artículo 6.3 dispone que no otorga derechos en general ni derechos patrimoniales.
¿Cuántos días de licencia tiene un trabajador si fallece su hijo recién nacido?
Cinco días calendario con goce de remuneración (Ley 31602), más el término de la distancia si el fallecimiento ocurre en otra localidad.
¿El apoyo psicoemocional tiene límite de tiempo?
Se brinda durante la permanencia en el establecimiento y hasta que el profesional tratante lo determine.
¿Qué establecimientos deben aplicar la ley?
Los establecimientos de salud públicos, privados y mixtos. Si tienes dudas sobre tu cobertura, revisa las diferencias entre EsSalud, SIS y EPS.
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