En el factoring una empresa transfiere sus facturas por cobrar a un factor a cambio de liquidez inmediata, descontando un interés y, a veces, una comisión. Contablemente, lo decisivo es quién se queda con el riesgo de no cobro: si el factor lo asume (sin recurso), la cuenta por cobrar se da de baja; si vuelve a la empresa (con recurso), se mantiene y se registra un préstamo. Tributariamente, la transferencia de la factura no está gravada con IGV cuando el factor asume el riesgo, el IGV de la venta original no cambia y el descuento es un gasto financiero deducible.

Cómo funciona el factoring en Perú

Intervienen tres partes: el cliente o cedente (quien vendió y emitió la factura), el deudor (quien debe pagarla) y el factor (banco, financiera o empresa de factoring inscrita en el registro de la SBS). El instrumento más usado es la factura negociable regulada por la Ley 29623: la factura electrónica se registra en CAVALI, el deudor da su conformidad (expresa o presunta) y el factor puede cobrarla directamente al vencimiento.

El factor desembolsa el valor nominal menos un descuento, calculado con una tasa mensual por los días que faltan para el vencimiento. Puede cobrar además comisiones por estructuración, cobranza o evaluación, que son servicios adicionales.

Tratamiento tributario

IGV: el artículo 75 de la Ley del IGV

El artículo 75 del TUO de la Ley del IGV (DS 055-99-EF) establece las reglas, que puedes leer en el texto publicado por SUNAT:

Para el cedente, el IGV de su venta no se altera: nació al emitir la factura y se declara en ese período, como explicamos en el artículo sobre cuándo nace la obligación tributaria del IGV. El IGV de las comisiones gravadas es crédito fiscal del cedente si cumple los requisitos de los artículos 18 y 19 (ver cómo calcular el crédito fiscal del mes).

Impuesto a la Renta

Detracciones

Si la factura está sujeta al SPOT, el deudor sigue depositando la detracción en la cuenta del cedente en el Banco de la Nación. El factor solo financia el importe neto de detracción, así que el cálculo del desembolso debe partir de ese neto. Revisa nuestra guía del sistema de detracciones.

Tratamiento contable según la NIIF 9

La NIIF 9 (párrafos 3.2.6 y siguientes) exige dar de baja un activo financiero cuando se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios. En el factoring sin recurso eso ocurre y la cuenta por cobrar sale del balance. En el factoring con recurso la empresa conserva el riesgo de crédito, mantiene la cuenta por cobrar y reconoce un pasivo financiero por lo recibido. El análisis completo está en nuestro artículo de aplicación práctica de la NIIF 9 al factoring.

AspectoSin recursoCon recurso
Riesgo de no cobroLo asume el factorSe queda en la empresa
Cuenta por cobrar (12)Se da de bajaSe mantiene hasta que el deudor paga
PasivoNo hay45 Obligaciones financieras
DescuentoGasto financiero al transferirInterés que se devenga durante el plazo
IGV sobre el descuentoNo gravadoSolo si la factura se devuelve o recompra

Ten en cuenta que en el PCGE vigente los gastos financieros van en la cuenta 67; la cuenta 66 corresponde a pérdidas por medición de activos no financieros al valor razonable.

Caso práctico 2026

Importaciones Lima SAC vende mercadería (no sujeta a detracción) y emite una factura negociable por S/ 100,000 + IGV S/ 18,000 = S/ 118,000, con vencimiento a 60 días. Un factor aplica una tasa de descuento de 1.5% mensual y cobra una comisión de estructuración de S/ 300 + IGV.

CálculoS/
Valor nominal de la factura118,000.00
(−) Descuento: 118,000 × 1.5% × 2 meses(3,540.00)
(−) Comisión de estructuración(300.00)
(−) IGV de la comisión (18%)(54.00)
Desembolso neto del factor114,106.00

Opción A: factoring sin recurso

CuentaDebe (S/)Haber (S/)
1041 Cuentas corrientes operativas114,106.00
679 Otros gastos financieros (descuento)3,540.00
6391 Gastos bancarios (comisión)300.00
40111 IGV - Cuenta propia54.00
1212 Emitidas en cartera118,000.00
Totales118,000.00118,000.00

El descuento de S/ 3,540 no lleva IGV. Si el deudor no paga, la pérdida es del factor.

Opción B: factoring con recurso

Primero se reclasifica la factura (Debe 1214 En descuento / Haber 1212 Emitidas en cartera, S/ 118,000). Luego se registra el financiamiento:

CuentaDebe (S/)Haber (S/)
1041 Cuentas corrientes operativas114,106.00
3731 Intereses no devengados en transacciones con terceros3,540.00
6391 Gastos bancarios (comisión)300.00
40111 IGV - Cuenta propia54.00
45 Obligaciones financieras (factor)118,000.00
Totales118,000.00118,000.00

Cada mes se devenga el interés: Debe 673 Intereses por préstamos y otras obligaciones S/ 1,770 / Haber 3731 S/ 1,770. Cuando el deudor paga al factor, se cancelan ambas partidas: Debe 45 S/ 118,000 / Haber 1214 S/ 118,000.

Si el deudor no paga y la empresa recompra la factura, nace el servicio de crédito gravado: el factor debe facturar IGV sobre la diferencia de S/ 3,540, es decir, S/ 637.20, que la empresa podrá usar como crédito fiscal. La empresa recupera la cuenta por cobrar y evalúa su deterioro con el modelo de pérdida crediticia esperada.

Errores frecuentes

Preguntas frecuentes

¿El factoring está gravado con IGV?

La transferencia de facturas sin recurso no está gravada. En la transferencia con recurso solo hay IGV si la factura se devuelve o se recompra. Las comisiones por servicios adicionales sí están gravadas.

¿El descuento del factoring es deducible?

Sí, como gasto financiero, si está sustentado con el contrato y la liquidación del factor y se vincula con la generación de renta. En el factoring con recurso se deduce a medida que se devenga.

¿Tengo que volver a declarar la venta al hacer factoring?

No. El IGV y el ingreso de la venta se declararon cuando emitiste la factura; el factoring solo cambia quién cobra.

¿Cómo sé si mi contrato es con o sin recurso?

Revisa quién asume la pérdida si el deudor no paga. Si el contrato te obliga a devolver lo recibido o a recomprar la factura, es con recurso, aunque tenga otro nombre. Si tienes dudas sobre el registro, nuestro artículo sobre la contabilización del factoring con NIIF 9 desarrolla más casos.

El factoring es una buena fuente de capital de trabajo, siempre que el contrato, el registro contable y el IGV estén alineados. En Lynch revisamos estas operaciones y su sustento ante SUNAT desde nuestro servicio de asesoría tributaria en Lima.

Este artículo pertenece aTributación·Centro de conocimiento

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