La Prima RER es el monto que recibe un generador adjudicatario de una subasta de Recursos Energéticos Renovables para completar la tarifa de adjudicación cuando lo que obtiene en el mercado de corto plazo (valorizado a costo marginal) no alcanza. En la mayoría de casos se contabiliza como ingreso de actividades ordinarias bajo la NIIF 15, en el mismo mes en que se inyecta la energía, y se presenta en el Estado de Resultados (EGP) junto con la venta de energía. Si la entidad concluye que es una subvención (NIC 20), también se reconoce en el periodo: no se difiere.

Qué es la Prima RER y cómo se calcula

El régimen nace del Decreto Legislativo 1002, que promueve la generación con recursos renovables (solar, eólica, biomasa, pequeñas hidroeléctricas). Su reglamento es el Decreto Supremo 012-2011-EM, y Osinergmin fija la metodología del cargo por prima en el Procedimiento aprobado por la Resolución 001-2010-OS/CD. El origen de las subastas lo explicamos en nuestra nota sobre subastas RER en Perú.

La mecánica, simplificada, es esta:

En términos de fórmula: Prima del mes = (Tarifa de adjudicación − Costo marginal ponderado) × Energía inyectada con derecho a prima.

¿NIIF 15 o NIC 20? El juicio contable

No hay una norma que mencione la Prima RER, así que la clasificación exige juicio profesional documentado en la política contable (NIC 8). Revisa nuestra guía sobre la aplicación del juicio profesional en las NIIF.

CriterioEnfoque NIIF 15 (ingreso ordinario)Enfoque NIC 20 (subvención)
Argumento centralLa prima es parte del precio garantizado por la energía entregada: sin inyección no hay primaEs una ayuda pública para fomentar energías renovables, condicionada a cumplir el contrato de concesión
Quién la financiaLos usuarios del sistema, a través de cargos tarifarios, no el presupuesto públicoSe argumenta que el Estado la establece y la garantiza mediante regulación
Momento de reconocimientoAl inyectar la energía, como contraprestación variable (párr. 50 a 59 de la NIIF 15)En el periodo en que se cumplen las condiciones y compensa los menores ingresos del mismo periodo (párr. 12 y 20 de la NIC 20)
PresentaciónDentro de ingresos de actividades ordinariasOtros ingresos o, si se elige, deducida del gasto relacionado (párr. 29)

En la práctica, el enfoque NIIF 15 es el más defendible, porque la prima está ligada directamente a cada MWh entregado y completa un precio pactado en la subasta. Lo importante para ambos enfoques: la prima del mes no se registra como pasivo diferido para amortizarla después. La NIC 20 solo difiere las subvenciones que compensan costos futuros o están ligadas a activos; aquí la prima compensa el menor ingreso del mismo mes en que se inyectó la energía.

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La restricción de la contraprestación variable

Al cierre de mes, el costo marginal definitivo y la valorización del COES pueden no estar disponibles. Bajo la NIIF 15, la prima se estima por el importe que es altamente probable que no se revierta (párr. 56). Como el ingreso total garantizado (energía × tarifa) es conocido, lo que cambia con el costo marginal definitivo es la composición entre venta en el mercado y prima, no el total. Esto reduce mucho el riesgo de reversión.

Caso práctico: central solar, junio de 2026

Una central solar con moneda funcional dólar, adjudicataria de una subasta RER, tiene estos datos de junio de 2026 (cifras ilustrativas):

DatoValor
Energía inyectada (dentro de la energía adjudicada)9,500 MWh
Tarifa de adjudicaciónUS$ 48.00 / MWh
Costo marginal ponderado estimado al cierreUS$ 20.00 / MWh
Costo marginal ponderado definitivo (valorización del COES en julio)US$ 22.50 / MWh
Ingreso garantizado (9,500 × 48.00)US$ 456,000

Paso 1: estimación al 30-06-2026

CuentaDebe (US$)Haber (US$)
12 Cuentas por cobrar comerciales – Transferencias COES (estimado)190,000.00
12 Cuentas por cobrar comerciales – Prima RER (estimado)266,000.00
70 Ventas – Energía en el mercado de corto plazo190,000.00
70 Ventas – Prima RER266,000.00
Totales456,000.00456,000.00

Mientras no se emita el comprobante, puedes controlar ambos saldos como cuentas por cobrar no emitidas (subcuenta 1211).

Paso 2: ajuste con el costo marginal definitivo (julio de 2026)

CuentaDebe (US$)Haber (US$)
12 Cuentas por cobrar comerciales – Transferencias COES23,750.00
70 Ventas – Prima RER23,750.00
12 Cuentas por cobrar comerciales – Prima RER23,750.00
70 Ventas – Energía en el mercado de corto plazo23,750.00
Totales47,500.0047,500.00

El ingreso total de junio no cambia. Si el ajuste se conoce antes de emitir los estados financieros de un cierre anual, se registra en ese cierre; si se conoce después, es un cambio de estimación del periodo en que se determina, no un error.

Con la NIC 20, el asiento sería el mismo, pero la prima se acreditaría a una cuenta de otros ingresos (75) en lugar de ventas, y nunca a un pasivo diferido.

Paso 3: presentación en el Estado de Resultados

Concepto (junio 2026)US$
Venta de energía en el mercado de corto plazo (9,500 × 22.50)213,750
Prima RER (9,500 × 25.50)242,250
Ingresos de actividades ordinarias456,000
Costo de operación y mantenimiento(95,000)
Depreciación de la central(140,000)
Utilidad bruta221,000
Gastos de administración(35,000)
Utilidad operativa186,000
Gastos financieros(60,000)
Utilidad antes de impuestos126,000
Impuesto a la renta (29.5%, ilustrativo)(37,170)
Utilidad neta88,830

Se presentan las cifras definitivas, no la estimación y el ajuste por separado. En notas se desagrega el ingreso por tipo (mercado de corto plazo y prima), como exige la NIIF 15 (párr. 114). Para los ejercicios que empiecen el 01-01-2027, la NIIF 18 cambiará la estructura del estado de resultados (categorías operativa, de inversión y de financiación); para 2026 sigue la NIC 1. Lo explicamos en NIIF 18: presentación e información a revelar.

Moneda funcional, impuesto a la renta y revelaciones

Errores frecuentes

Preguntas frecuentes

¿La prima cambia el ingreso total del mes?

No, mientras la energía inyectada esté dentro de la energía adjudicada. Si el costo marginal sube, aumenta la venta en el mercado y baja la prima en el mismo importe.

¿Puede presentarse la prima en "otros ingresos"?

Solo si la política contable la califica como subvención (NIC 20). Con el enfoque NIIF 15, forma parte de los ingresos de actividades ordinarias.

¿Qué documentos sustentan el registro?

Las valorizaciones mensuales del COES, la liquidación de la prima, el contrato de concesión con su tarifa y energía adjudicada, y los comprobantes emitidos.

¿Qué pasa si la central inyecta menos que la energía adjudicada?

La garantía se aplica sobre las inyecciones netas efectivas; no se cobra prima por energía no inyectada. Además, revisa las consecuencias que el contrato de concesión y las bases de la subasta prevén cuando la producción anual queda por debajo de la energía adjudicada.

Las generadoras renovables necesitan cierres mensuales con estimaciones bien sustentadas y conciliadas con el COES. En Lynch acompañamos a empresas del sector con nuestro servicio de outsourcing contable en Lima; si quieres conocer más del sector, revisa también la contabilidad para empresas del sector energía.

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