La Resolución de Consejo Directivo 173-2024-OS/CD, publicada el 8 de octubre de 2024, aprobó la nueva versión del Procedimiento Técnico del COES N.° 20 "Ingreso, Modificación y Retiro de Instalaciones en el SEIN" (PR-20) y ajustó el PR-46 en materia de garantías. Los cambios centrales son la operación comercial por etapas para centrales de generación no convencional (solar y eólica), un Anexo 1 de requisitos técnicos totalmente renovado, la obligación de emular inercia para las nuevas centrales no convencionales y reglas de garantía para generadores que incumplen pagos en el mercado mayorista. En 2026 OSINERGMIN ya publicó para comentarios un nuevo proyecto de modificación del PR-20.

Qué es el PR-20 y por qué importa

El PR-20 regula cómo una instalación de generación o transmisión entra, se modifica o se retira del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN): estudios de pre operatividad (EPO) y de operatividad (EO), pruebas, certificados de conformidad del COES e inicio de la operación comercial. La versión anterior fue aprobada por la Resolución 035-2013-OS/CD y modificada en 2021 y 2022; su Anexo 1 de requisitos técnicos se mantenía desde 2013.

Para un inversionista, el PR-20 define cuándo una central empieza a vender energía y potencia. Para el área contable y tributaria, define desde cuándo el activo está disponible para su uso y empieza a depreciarse, y cuándo nacen los ingresos.

Cambios principales del nuevo PR-20

Operación comercial por etapas para centrales no convencionales

Según el Informe Técnico 673-2024-GRT de OSINERGMIN, que sustentó la reforma, las centrales de generación no convencional pueden iniciar la operación comercial por etapas. Las etapas se definen en el EPO o, en última instancia, en la solicitud de alcances del EO, y el COES las evalúa. Para que una etapa entre en operación comercial deben haberse culminado satisfactoriamente sus pruebas de puesta en servicio. El caso que motivó el cambio fue una central eólica de 260 MW cuyo ingreso total dependía de terminar todos los aerogeneradores.

Anexo 1 reemplazado

El nuevo Anexo 1 regula, entre otros puntos, la codificación de los principales equipos del SEIN, los requisitos de conexión y acceso (incluidas las modificaciones necesarias en instalaciones existentes para no degradar la seguridad operativa) y los requisitos técnicos mínimos para líneas de transmisión, subestaciones, centrales convencionales y no convencionales, protección, medición, comunicaciones y automatización.

Emulación de inercia

Las centrales no convencionales que ingresen al SEIN después de la aprobación del PR-20 deben emular inercia ante perturbaciones y desviaciones súbitas de frecuencia, con la infraestructura y el controlador adecuados; pueden usar baterías, volantes de inercia u otros mecanismos. Los parámetros (potencia de contribución, tiempo de inicio y período mínimo) quedaron para una resolución complementaria de OSINERGMIN.

Estudios y certificados de conformidad

La reforma también ajustó la vigencia de los alcances del EPO y del EO, los supuestos en que caduca el certificado de conformidad del EPO (por ejemplo, si cambia el punto de conexión o las características técnicas del proyecto) y los plazos del COES para modificar fichas técnicas.

Qué cambió en el PR-46

El Informe 673-2024-GRT propuso modificar el numeral 5.2.1 del PR-46, aplicable a los participantes del Mercado Mayorista de Electricidad (MME): las reglas de garantías alcanzan al participante generador que incurra en incumplimiento de pago en el MME durante dos meses consecutivos o alternados, o en el supuesto vinculado del PR-20. En la práctica, un generador con atrasos de pago debe prever el costo y la disponibilidad de cartas fianza u otras garantías para seguir operando en el mercado.

Novedad 2026: nuevo proyecto de modificación

Mediante la Resolución 85-2026-OS/PRES (publicada el 27-07-2026), OSINERGMIN publicó para comentarios un proyecto que modifica el PR-20 y el PR-21 "Reserva Rotante para Regulación Primaria de Frecuencia". El origen es la Resolución Directoral 192-2025-MINEM-DGE, que hizo obligatoria la reserva primaria de frecuencia para centrales de más de 10 MW y eliminó la exoneración de las centrales no convencionales. El plazo de comentarios fue de 30 días calendario. Mientras no se apruebe el texto final, rige el PR-20 de 2024.

Impacto contable y tributario

La operación por etapas cambia el calendario contable del proyecto. Bajo la NIC 16, la depreciación empieza cuando el activo está disponible para su uso; si una etapa entra en operación comercial, sus componentes deben reclasificarse desde obras en curso y depreciarse, aunque el resto siga en construcción. Los ingresos por la venta de la energía producida antes de que el activo esté disponible para su uso, y el costo de producirla, van a resultados y no reducen el costo del activo; en cambio, los costos de comprobar que el activo funciona correctamente sí forman parte de su costo.

Caso práctico 2026

Una central solar de 200 MW se construye en dos etapas de 100 MW, cada una con un costo capitalizado de S/ 300,000,000. La etapa 1 obtiene la operación comercial el 1 de julio de 2026; la etapa 2 sigue en construcción. La empresa estima una vida útil de 25 años para los componentes principales y usa el método lineal.

OperaciónCuentaDebeHaber
Reclasificación de la etapa 1 (01-07-2026)333 Maquinarias y equipos de explotación300,000,000.00
339 Construcciones y obras en curso300,000,000.00
Depreciación jul-dic 20266814 Depreciación de inmuebles, maquinaria y equipo – Costo6,000,000.00
3913 Depreciación acumulada – Inmuebles, maquinaria y equipo – Costo6,000,000.00
Totales306,000,000.00306,000,000.00

En lo tributario, revisa si la inversión califica para regímenes especiales del sector (por ejemplo, la recuperación anticipada del IGV o la depreciación acelerada para generación con recursos renovables) y documenta la fecha de inicio de operación comercial por etapa, porque SUNAT la usará para revisar el inicio de la depreciación y del devengo de ingresos. Las garantías del PR-46, si se otorgan con carta fianza bancaria, no generan un pasivo por el monto afianzado: se reconoce la comisión como gasto y el compromiso se revela; ver cómo se contabiliza una carta fianza.

Si quieres profundizar en el sector, revisa la contabilidad de empresas del sector energía, las subastas RER en el Perú, el tratamiento de la provisión por desmantelamiento según la NIIF 37 y nuestro caso práctico de activos fijos y depreciación.

Errores frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Qué resolución aprobó el nuevo PR-20?

La Resolución de Consejo Directivo 173-2024-OS/CD, publicada en El Peruano el 8 de octubre de 2024 y vigente desde el día siguiente.

¿Cualquier central puede entrar en operación comercial por etapas?

La regla se diseñó para centrales de generación no convencional. Las etapas deben estar definidas en el EPO o en los alcances del EO y cada una debe completar sus pruebas de puesta en servicio.

¿El proyecto de 2026 ya está vigente?

No. La Resolución 85-2026-OS/PRES solo lo publicó para comentarios. Rige cuando OSINERGMIN apruebe el texto final.

¿Desde cuándo se deprecia una etapa?

Desde que está disponible para su uso según la NIC 16, lo que normalmente coincide con la culminación de sus pruebas y el inicio de su operación comercial.

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