Hay incremento patrimonial no justificado cuando una persona natural gasta, invierte o acumula más de lo que puede explicar con ingresos declarados u otros fondos debidamente acreditados. El artículo 52 de la Ley del Impuesto a la Renta presume que esa diferencia es renta neta no declarada, y la SUNAT la acota con impuesto, intereses y multa. La presunción admite prueba en contrario, pero la carga es del contribuyente y el Tribunal Fiscal exige documentos con fecha cierta y trazabilidad del dinero: explicaciones verbales o papeles preparados después no bastan.

Qué dice la ley

El artículo 52 de la Ley del Impuesto a la Renta dispone que los incrementos patrimoniales cuyo origen no pueda justificar el contribuyente se presumen renta neta no declarada. Además, enumera fondos que no sirven para justificar el incremento:

El artículo 92 de la misma ley y el artículo 60 de su Reglamento regulan cómo se determina el incremento: qué se entiende por patrimonio, consumos y desembolsos, y qué condiciones deben cumplir los fondos que lo justifican, incluidos los préstamos.

Cómo calcula SUNAT el incremento patrimonial

El Reglamento prevé dos métodos, que SUNAT puede usar según la información que tenga:

La información sale de cruces: compras de inmuebles y vehículos registradas, información financiera que los bancos reportan, consumos con tarjeta, viajes, importaciones y declaraciones de terceros. Por eso el IPNJ suele aparecer cuando alguien declara poco y figura con adquisiciones o depósitos importantes. Si recibes muchos pagos por billeteras digitales sin declararlos, el riesgo es el mismo; lo explicamos en ¿puede SUNAT embargar tu Yape?

Caso práctico: fiscalización del ejercicio 2025

En 2026 SUNAT fiscaliza a Carmen, trabajadora dependiente, por el ejercicio 2025. Usa el método de adquisiciones y desembolsos.

Desembolsos de 2025Importe
Compra de un vehículoS/ 90,000
Depósito a plazo fijoS/ 50,000
Consumos con tarjetas y pagos personalesS/ 60,000
Total de desembolsosS/ 200,000
Fondos acreditadosImporte
Remuneraciones netas percibidas (según certificado de quinta categoría)S/ 96,000
Préstamo vehicular de un banco (contrato y desembolso bancario)S/ 40,000
Saldo en cuentas al 1 de enero de 2025 (estados de cuenta)S/ 10,000
Total de fondos acreditadosS/ 146,000

Diferencia inicial: 200,000 − 146,000 = S/ 54,000. Carmen alega dos fuentes adicionales:

Incremento patrimonial no justificado: 54,000 − 15,000 = S/ 39,000. SUNAT lo trata como renta neta no declarada de 2025, liquida el impuesto omitido con intereses moratorios (TIM de 0.9% mensual) y aplica la multa del artículo 178, numeral 1, del Código Tributario: 50% del tributo omitido, con las rebajas de gradualidad que correspondan si subsana o paga sin impugnar.

Qué exige el Tribunal Fiscal para justificar fondos

En su jurisprudencia sobre IPNJ, el Tribunal Fiscal ha sido consistente en algunos criterios:

Documentos que sí sirven

Origen de los fondosCómo acreditarlo
Préstamo de una entidad financieraContrato, cronograma y constancia de desembolso en tu cuenta
Préstamo de una persona o empresaContrato de mutuo con fecha cierta, transferencia bancaria identificada y evidencia de la capacidad del prestamista. Puedes partir de un modelo de contrato de mutuo dinerario
Donación de dineroEscritura pública u otro documento fehaciente (art. 52 de la LIR). Además, el Código Civil exige escrito de fecha cierta si el bien mueble donado supera el 25% de la UIT (S/ 1,375 en 2026)
Venta de un bienContrato con fecha cierta, inscripción registral si aplica y depósito del comprador
Ahorros de años anterioresEstados de cuenta al inicio del ejercicio y declaraciones de años previos
HerenciaSucesión intestada o testamento inscrito y documentos de los bienes recibidos
Ingresos del exteriorTransferencias bancarias y documentos que acrediten su origen

Ten en cuenta también la Ley 28194: los pagos de obligaciones por montos a partir del umbral legal deben hacerse con medios de pago del sistema financiero. Usarlos no solo evita contingencias de deducción en empresas: para una persona natural, es la mejor prueba de trazabilidad.

Cómo responder un requerimiento por IPNJ

  1. No dejes vencer el plazo. Si necesitas más tiempo, pide una prórroga sustentada; te explicamos cómo en cómo solicitar una prórroga en una fiscalización.
  2. Reconstruye el año. Reúne estados de cuenta de todas tus cuentas, incluidas las inactivas y las de billeteras digitales.
  3. Clasifica cada movimiento: ingresos declarados, préstamos, ventas de bienes, transferencias entre tus propias cuentas y devoluciones.
  4. Elimina duplicidades. Una transferencia de tu cuenta de ahorros a tu cuenta corriente no es un desembolso nuevo. Es uno de los errores más frecuentes en los cálculos de SUNAT.
  5. Presenta todo con coherencia temporal y conserva el cargo de presentación.
  6. Evalúa rectificar. Si hay ingresos reales no declarados, rectificar antes de la determinación permite acceder a rebajas de la multa.

Si SUNAT ya emitió la resolución de determinación, revisa cómo impugnar eficazmente una resolución de determinación.

Errores frecuentes

Preguntas frecuentes

¿El incremento patrimonial no justificado aplica a empresas?

La presunción del artículo 52 de la LIR está pensada para personas naturales. A las empresas, SUNAT les aplica otras presunciones del Código Tributario, por ejemplo, la de ingresos omitidos por diferencias entre depósitos bancarios e ingresos declarados (artículo 71).

¿Puedo justificar el incremento con un préstamo de un familiar?

Sí, si el préstamo cumple las condiciones del Reglamento: documento con fecha cierta, dinero movido por el sistema financiero y capacidad económica del prestamista, entre otras.

¿Una donación por transferencia bancaria es suficiente?

No necesariamente. El artículo 52 exige que la donación conste en escritura pública u otro documento fehaciente. La transferencia prueba el movimiento, no la causa.

¿Cuál es la multa por un IPNJ?

Además del impuesto y los intereses, se aplica la multa del artículo 178, numeral 1, del Código Tributario: 50% del tributo omitido, con rebajas por gradualidad según el momento en que subsanes.

¿Hasta cuántos años atrás puede revisar SUNAT?

Cuatro años si presentaste tu declaración y seis si no la presentaste, contados desde el 1 de enero del año siguiente al vencimiento.

¿SUNAT te pidió justificar tu patrimonio?

Un requerimiento por incremento patrimonial se gana o se pierde con la documentación que presentes durante la fiscalización. En Lynch reconstruimos tus movimientos, depuramos duplicidades, preparamos los descargos y te acompañamos hasta el Tribunal Fiscal si es necesario, con nuestro servicio de defensa en fiscalizaciones de SUNAT. Si es tu primera fiscalización, lee antes cómo actuar ante una fiscalización de SUNAT.

¿Necesitas aplicar esto en tu empresa?

Revisamos tu caso concreto y te indicamos qué corresponde hacer, con qué sustento y en qué plazo. La primera evaluación es sin costo.

Solicitar evaluaciónEscribir por WhatsApp