Una persona natural en el Perú puede tener cinco tipos de renta y cada uno tributa distinto: los alquileres (primera categoría) pagan 5% efectivo de lo cobrado; las ganancias de capital (segunda) pagan 5%; el negocio (tercera) sigue el régimen tributario elegido; y los honorarios y sueldos (cuarta y quinta) se suman como rentas del trabajo y pagan una escala de 8% a 30%, después de deducir 7 UIT. En la declaración anual se juntan las rentas del trabajo con las de fuente extranjera, se restan las retenciones y se paga o se pide devolver la diferencia.
Las cinco categorías de renta
| Categoría | Qué comprende | Cómo tributa en 2026 |
|---|---|---|
| Primera | Alquiler o cesión de inmuebles y muebles (departamentos, locales, vehículos) | 6.25% sobre la renta neta (80% de lo cobrado) = 5% efectivo. Pago mensual con el Formulario 1683 |
| Segunda | Ganancias de capital (venta de inmuebles que no son casa habitación, venta de acciones y valores), dividendos, intereses no exonerados, regalías | 5% en general; los dividendos tienen retención definitiva de 5% por la empresa que los paga |
| Tercera | Negocio unipersonal (comercio, industria, servicios no profesionales) | Según régimen: Nuevo RUS, RER, Régimen MYPE Tributario o Régimen General |
| Cuarta | Trabajo independiente (recibos por honorarios) y dietas de directores | Se suma a la quinta categoría y paga la escala progresiva |
| Quinta | Trabajo dependiente: sueldos, gratificaciones, bonos, vacaciones | Retención mensual del empleador con la escala progresiva |
Además, si eres domiciliado en el Perú tributas por tus rentas de fuente extranjera (intereses, dividendos o alquileres del exterior), que se suman a las rentas del trabajo para aplicar la escala.
Rentas del trabajo: cómo se calcula el impuesto
- Renta neta de cuarta categoría: ingresos por honorarios menos una deducción fija de 20%, con tope de 24 UIT (S/ 132,000 en 2026). Las dietas de directores no tienen esta deducción.
- Súmala con la renta de quinta categoría (sin deducciones).
- Resta 7 UIT (S/ 38,500 en 2026), una sola vez aunque tengas varios empleadores o clientes.
- Resta hasta 3 UIT adicionales (S/ 16,500) por gastos sustentados con comprobantes electrónicos: un porcentaje del alquiler de tu vivienda, intereses de crédito hipotecario para primera vivienda, honorarios médicos y odontológicos, servicios profesionales, restaurantes y hoteles, y aportes a EsSalud de trabajadores del hogar. Esta deducción se aplica solo en la declaración anual.
- Aplica la escala (artículo 53 de la Ley del Impuesto a la Renta).
| Renta neta imponible | Tramo en soles (UIT S/ 5,500) | Tasa |
|---|---|---|
| Hasta 5 UIT | Hasta S/ 27,500 | 8% |
| Más de 5 hasta 20 UIT | S/ 27,500 a S/ 110,000 | 14% |
| Más de 20 hasta 35 UIT | S/ 110,000 a S/ 192,500 | 17% |
| Más de 35 hasta 45 UIT | S/ 192,500 a S/ 247,500 | 20% |
| Más de 45 UIT | Más de S/ 247,500 | 30% |
Contra el impuesto se restan las retenciones de quinta categoría que hizo tu empleador y las de cuarta (8% de cada recibo) o los pagos a cuenta que hiciste. Los detalles de cada categoría están en renta de cuarta categoría con casos prácticos y renta de quinta categoría 2026.
Si en 2026 proyectas que tus ingresos de cuarta y quinta no superarán S/ 48,125 (S/ 38,500 si eres director), puedes pedir la suspensión de retenciones de cuarta categoría. Ver cómo aplicar la suspensión de retenciones.
Alquileres, ganancias de capital e intereses
Primera categoría
Pagas mensualmente el 5% de la merced conductiva con el Formulario 1683. Desde el 1 de enero de 2026, la renta de primera categoría se imputa en el ejercicio en que se percibe. Si el inquilino no te paga, no hay pago mensual que hacer por ese mes. Cuidado con ceder un inmueble gratis o a precio bajo: la ley presume una renta mínima. Desarrollamos todo en impuesto a la renta por alquileres.
Segunda categoría
La venta de un inmueble que no es tu casa habitación y la venta de acciones fuera de la bolsa pagan 5% sobre la ganancia. En la venta de inmuebles, el impuesto se paga antes de la escritura pública; en valores, según el caso, hay retención o pago directo y regularización anual. Los dividendos de empresas peruanas sufren una retención definitiva de 5%: no tienes que pagar nada adicional. Ver guía práctica de rentas de segunda categoría.
Intereses de tus depósitos
Los intereses de depósitos de personas naturales en entidades del sistema financiero peruano están exonerados hasta el 31 de diciembre de 2026 (prórroga dispuesta por el DL 1549). Si no se aprueba una nueva prórroga, ese tratamiento podría cambiar desde 2027; a la fecha, el MEF ha declarado que no propone gravarlos. Los intereses de cuentas en el exterior sí son renta de fuente extranjera.
¿Quién debe presentar la declaración anual?
Cada año SUNAT aprueba por resolución quiénes deben presentar la declaración y el cronograma. Como regla, debes declarar si:
- Tienes impuesto por pagar por rentas del trabajo y de fuente extranjera (por ejemplo, porque trabajaste con varios empleadores o tuviste honorarios sin retención).
- Obtuviste rentas de primera categoría o ganancias de capital de segunda categoría que deban regularizarse.
- Arrastras saldo a favor de un ejercicio anterior que aplicaste en el año.
- Quieres pedir la devolución de retenciones en exceso: no es obligatorio, pero solo así recuperas el dinero (aunque SUNAT también hace devoluciones de oficio en algunos casos).
Si solo tuviste un sueldo de un único empleador que te retuvo correctamente, normalmente no tienes que declarar. Las personas con negocio en el Régimen General o MYPE Tributario presentan aparte su declaración de tercera categoría (Formulario 710).
La declaración del ejercicio 2025 se presentó en 2026 con el Formulario Virtual 709; para personas naturales el cronograma fue del 27 de mayo al 10 de junio de 2026 (RS 000386-2025/SUNAT). La del ejercicio 2026 se presentará en 2027, según el cronograma que SUNAT apruebe.
Caso práctico: ejercicio 2026
Lucía es ingeniera. En 2026 percibe:
- Sueldo y gratificaciones: S/ 84,000 (quinta categoría).
- Recibos por honorarios por consultorías: S/ 30,000 (cuarta categoría, con retención de 8%).
- Alquiler de un departamento: S/ 2,000 al mes.
- Dividendos de una empresa peruana: S/ 5,000.
- Gastos con comprobante que le dan una deducción adicional de S/ 4,000.
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Renta neta de cuarta categoría | 30,000 − 20% | S/ 24,000 |
| Renta neta del trabajo | 84,000 + 24,000 | S/ 108,000 |
| (−) 7 UIT | (S/ 38,500) | |
| (−) Deducción adicional sustentada | (S/ 4,000) | |
| Renta neta imponible | S/ 65,500 | |
| Impuesto | 27,500 × 8% + 38,000 × 14% | S/ 7,520 |
| (−) Retenciones de quinta (empleador) | (84,000 − 38,500): 27,500 × 8% + 18,000 × 14% | (S/ 4,720) |
| (−) Retenciones de cuarta | 30,000 × 8% | (S/ 2,400) |
| Saldo por regularizar | S/ 400 |
Su empleador retuvo solo sobre el sueldo y su cliente retuvo 8% de los honorarios; como la suma de ambas rentas la ubica en un tramo más alto, le queda un saldo de S/ 400 que debe pagar con la declaración anual. Por el alquiler pagó S/ 100 cada mes (2,000 × 80% × 6.25%), S/ 1,200 en el año, que cubren el impuesto anual de primera categoría. Por los dividendos la empresa retuvo S/ 250, con carácter definitivo. Pide a tu empleador el certificado de renta de quinta categoría para cuadrar las retenciones.
Errores frecuentes
- Sumar el alquiler a las rentas del trabajo: la primera categoría tributa por separado.
- Deducir 7 UIT por cada empleador o por la cuarta y la quinta por separado.
- Restar gastos reales a los honorarios: la deducción de cuarta categoría es una fija de 20%; los gastos solo cuentan dentro de las 3 UIT adicionales y con comprobante.
- No declarar intereses o dividendos de cuentas en el exterior.
- Gastar o invertir más de lo declarado, lo que puede dar lugar a un incremento patrimonial no justificado. Ver incremento patrimonial no justificado.
- Aceptar sin revisar la declaración precargada de SUNAT: verifica que estén todos tus ingresos y retenciones. Más errores en errores que SUNAT detecta en el Impuesto a la Renta.
Preguntas frecuentes
¿Si gano menos de 7 UIT al año pago impuesto por mis rentas del trabajo?
No. Si la suma de tu renta neta del trabajo y de fuente extranjera no supera S/ 38,500 en 2026, no hay impuesto. Si te retuvieron, puedes pedir la devolución.
¿Las gratificaciones y la CTS pagan impuesto?
Las gratificaciones sí son renta de quinta categoría. La CTS está inafecta.
¿Qué formulario uso?
Las personas naturales usan el Formulario Virtual 709 para rentas de capital, trabajo y fuente extranjera. Quienes tienen negocio en el Régimen General o MYPE Tributario usan además el 710.
¿Qué pasa si no declaro?
Si estabas obligado, se configura la infracción de no presentar la declaración en plazo (artículo 176.1 del Código Tributario), además de intereses moratorios de 0.9% mensual sobre el impuesto no pagado. La subsanación voluntaria reduce la multa.
Si tienes varias fuentes de renta, ingresos del exterior o una venta de inmueble en el año, conviene revisar tu situación antes de la declaración anual. En Lynch te ayudamos a calcular y presentar tu declaración como parte de nuestra asesoría tributaria.
¿Necesitas aplicar esto en tu empresa?
Revisamos tu caso concreto y te indicamos qué corresponde hacer, con qué sustento y en qué plazo. La primera evaluación es sin costo.