El Impuesto a la Renta grava las ganancias que obtienen personas naturales y empresas. En Perú se rige por el TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (DS 179-2004-EF) y su reglamento (DS 122-94-EF). Las empresas del Régimen General pagan 29.5% sobre su renta neta; los trabajadores e independientes aplican una escala de 8% a 30% sobre su renta neta del trabajo; y las rentas de capital de personas naturales tributan con tasas fijas de 5% o 6.25%. En 2026 todos los límites se calculan con la UIT de S/ 5,500.
Las cinco categorías de renta
| Categoría | Qué grava | Tasa 2026 |
|---|---|---|
| Primera | Alquileres y cesión de bienes muebles o inmuebles por personas naturales | 6.25% sobre la renta neta (80% de la bruta) = 5% efectivo de la renta bruta |
| Segunda | Ganancias de capital, intereses y otras rentas de capital de personas naturales; dividendos | 5% en general (dividendos: 5% sobre utilidades generadas desde 2017) |
| Tercera | Rentas empresariales | 29.5% en el Régimen General; 10%/29.5% en el RMT; 1.5% de ingresos en el RER |
| Cuarta | Trabajo independiente (recibos por honorarios) y dietas de directores | Escala progresiva de 8% a 30% (junto con la quinta) |
| Quinta | Trabajo dependiente (planilla) | Escala progresiva de 8% a 30% (junto con la cuarta) |
Las personas naturales tributan por separado sus rentas de capital (primera y segunda) y sus rentas del trabajo (cuarta y quinta), a las que se suman las rentas de fuente extranjera. Cada categoría tiene su guía detallada: renta de primera categoría por alquileres y rentas de segunda categoría.
Escala de rentas del trabajo en 2026
La escala del artículo 53 se aplica sobre la renta neta del trabajo, por tramos acumulativos expresados en UIT. Con la UIT de S/ 5,500:
| Tramo de renta neta | Equivalente 2026 | Tasa |
|---|---|---|
| Hasta 5 UIT | Hasta S/ 27,500 | 8% |
| Más de 5 hasta 20 UIT | S/ 27,500 a S/ 110,000 | 14% |
| Más de 20 hasta 35 UIT | S/ 110,000 a S/ 192,500 | 17% |
| Más de 35 hasta 45 UIT | S/ 192,500 a S/ 247,500 | 20% |
| Más de 45 UIT | Más de S/ 247,500 | 30% |
Cada tasa se aplica solo a la porción de renta que cae en su tramo, no a toda la renta.
Deducciones de las rentas del trabajo
- 20% de la renta bruta de cuarta categoría, con tope de 24 UIT (S/ 132,000). No se aplica a las dietas de directores (art. 45).
- 7 UIT fijas (S/ 38,500), una sola vez para la suma de cuarta y quinta categoría (art. 46).
- Hasta 3 UIT adicionales (S/ 16,500) por gastos sustentados con comprobante electrónico y pagados por medios de pago cuando corresponda: 30% del alquiler de vivienda, 100% de los intereses de crédito hipotecario para primera vivienda, 30% de honorarios médicos y odontológicos, 30% de servicios de cuarta categoría, 100% de las aportaciones a EsSalud por trabajadores del hogar y 15% de consumos en restaurantes, bares y hoteles. Esta deducción no entra en la retención mensual: se aplica en la declaración anual.
Caso práctico 2026: profesional independiente
Una arquitecta emite recibos por honorarios por S/ 80,000 en 2026 a empresas que le retienen el 8%. No tiene otras rentas ni gastos para la deducción adicional.
| Concepto | S/ |
|---|---|
| Renta bruta de cuarta categoría | 80,000 |
| (−) Deducción de 20% | (16,000) |
| Renta neta de cuarta categoría | 64,000 |
| (−) Deducción de 7 UIT | (38,500) |
| Renta neta imponible del trabajo | 25,500 |
| Impuesto (25,500 × 8%, primer tramo) | 2,040 |
| (−) Retenciones de 8% sufridas (80,000 × 8%) | (6,400) |
| Saldo a favor | 4,360 |
Como sus ingresos superan el límite anual de S/ 48,125 que fija la RS 390-2025/SUNAT, no puede suspender las retenciones. En la declaración anual puede pedir la devolución del saldo a favor. Más casos en nuestra guía de renta de cuarta categoría; para trabajadores en planilla, revisa la renta de quinta categoría 2026.
Rentas empresariales: regímenes de tercera categoría
| Régimen | Límite de ingresos | Impuesto | Pagos a cuenta / cuota |
|---|---|---|---|
| Nuevo RUS | S/ 96,000 al año | Cuota fija de S/ 20 o S/ 50 al mes | Cuota mensual (sustituye IR e IGV) |
| RER | S/ 525,000 al año | 1.5% de los ingresos netos mensuales | Cuota mensual definitiva |
| RMT | 1,700 UIT (S/ 9,350,000) | 10% hasta 15 UIT de renta neta (S/ 82,500); 29.5% sobre el exceso | 1% hasta 300 UIT de ingresos; luego coeficiente o 1.5% |
| Régimen General | Sin límite | 29.5% de la renta neta | Mayor entre coeficiente y 1.5% |
Elegir bien el régimen cambia la carga tributaria; lo comparamos con cifras en RMT vs Régimen General.
Cómo se llega a la renta neta empresarial
Se parte de la utilidad contable y se hacen adiciones y deducciones según la Ley: se agregan los gastos no deducibles (art. 44) o que exceden límites (art. 37), y se restan los ingresos no computables. Los gastos deben cumplir el principio de causalidad y estar sustentados con comprobantes válidos.
La depreciación tributaria tiene topes: 5% anual para edificaciones (art. 39 de la Ley) y, para otros bienes, los porcentajes máximos del artículo 22 del Reglamento, por ejemplo 20% para vehículos de transporte terrestre, 25% para equipos de procesamiento de datos y 10% para maquinaria y equipo en general. Si la contabilidad deprecia más rápido, el exceso se adiciona. Lo explicamos en depreciación contable vs tributaria.
Caso práctico 2026: empresa del Régimen General
| Concepto | S/ |
|---|---|
| Utilidad contable antes de impuestos | 500,000 |
| (+) Gastos no deducibles (multas, gastos sin comprobante válido, exceso de depreciación) | 40,000 |
| Renta neta imponible | 540,000 |
| Impuesto a la Renta (29.5%) | 159,300 |
| (−) Pagos a cuenta efectuados en 2026 | (120,000) |
| Saldo por regularizar en la declaración anual | 39,300 |
Si la empresa tuviera pérdidas de ejercicios anteriores, podría compensarlas con el sistema elegido (A o B) antes de aplicar la tasa. Para entender cuánto pagó realmente en relación con su utilidad, revisa cómo calcular la tasa efectiva del Impuesto a la Renta.
Declaración anual y plazos
- Declaración Jurada Anual: se presenta en marzo-abril del año siguiente. La de Renta 2025 se presentó del 26 de marzo al 13 de abril de 2026 en el cronograma general (Formulario Virtual 710), y del 27 de mayo al 10 de junio de 2026 para personas naturales y MYPE con ingresos de hasta 1,700 UIT (RS 000386-2025/SUNAT). El cronograma de la Renta 2026 lo aprueba SUNAT a fines de 2026.
- Pagos a cuenta mensuales: en tercera categoría (Formulario 621) y, en cuarta categoría, cuando no hubo retención y se superan los montos de la RS 390-2025/SUNAT (S/ 4,010 mensuales en general).
- Alquileres: el 5% efectivo se paga mensualmente con el Formulario 1683.
Sanciones e intereses
- No presentar la declaración en plazo (art. 176 num. 1 del Código Tributario): multa con rebaja de hasta 100% si se subsana voluntariamente y se cumplen los requisitos del régimen de gradualidad.
- Declarar cifras o datos falsos que determinen un menor tributo (art. 178 num. 1): multa de 50% del tributo omitido, rebajable en 90%, 70% o 50% según el momento de la subsanación.
- Intereses: el tributo impago genera TIM de 0.9% mensual en soles. Desde 2024 las multas ya no generan TIM; se actualizan con el interés legal (Ley 31962).
Errores frecuentes
- Aplicar la tasa de un tramo a toda la renta, en lugar de calcular por tramos.
- Usar tramos en soles fijos copiados de años anteriores: los tramos están en UIT y cambian cada año.
- Olvidar las 7 UIT o aplicarlas dos veces (una por cuarta y otra por quinta).
- No pedir comprobante electrónico de los gastos que dan derecho a las 3 UIT adicionales.
- Cargar a la empresa gastos personales: se reparan y pueden tratarse como dividendo presunto. Revisa otros errores en la declaración del Impuesto a la Renta.
Preguntas frecuentes
¿Quién está obligado a presentar la declaración anual?
Las empresas de tercera categoría, en todos los casos. Las personas naturales, cuando tienen impuesto por regularizar (por ejemplo, rentas de cuarta categoría sin retención suficiente o rentas de fuente extranjera) o cuando quieren pedir la devolución de un saldo a favor, además de los demás supuestos que fija la resolución anual de SUNAT.
¿Si solo trabajo en planilla debo declarar?
En general no, porque el empleador retiene mensualmente. Pero conviene revisar la declaración prellenada: si tienes gastos para las 3 UIT adicionales, puedes tener devolución.
¿Las rentas de primera categoría se suman a las del trabajo?
No. Se pagan aparte, con una tasa efectiva de 5% sobre la renta bruta, sin aplicar las 7 UIT.
¿Qué tasa pagan los dividendos?
5% para personas naturales domiciliadas y no domiciliados, sobre utilidades generadas desde 2017. Las utilidades de 2015-2016 tributan con 6.8% y las de 2014 o antes con 4.1%.
Si necesitas determinar correctamente tu Impuesto a la Renta, elegir régimen o preparar la declaración anual de tu empresa, en Lynch te ayudamos con un equipo de contadores y abogados tributaristas. Conoce nuestra asesoría tributaria en Lima.
¿Necesitas aplicar esto en tu empresa?
Revisamos tu caso concreto y te indicamos qué corresponde hacer, con qué sustento y en qué plazo. La primera evaluación es sin costo.