El impuesto a la renta corriente es el que tu empresa debe pagar a SUNAT por el ejercicio: se calcula sobre la renta neta tributaria con la tasa de 29.5% y se declara en la DJ anual. El impuesto diferido no se paga ni se declara: es un activo o pasivo contable que reconoce, según la NIC 12, el efecto tributario futuro de las diferencias temporales entre la contabilidad y la ley tributaria. La suma de ambos es el gasto por impuesto a la renta del estado de resultados.

La diferencia práctica: el corriente sale de la declaración jurada y mueve caja; el diferido sale de comparar el balance contable con el tributario y solo ajusta el resultado del período en que se origina y en el que se revierte.

Impuesto corriente: lo que se declara y se paga

El impuesto corriente se determina con la Ley del Impuesto a la Renta (TUO aprobado por DS 179-2004-EF): utilidad contable, más adiciones, menos deducciones, menos pérdidas compensables, por la tasa del régimen (29.5% en el Régimen General, artículo 55). A ese impuesto se le restan los pagos a cuenta y el ITAN para hallar el saldo por regularizar. El cálculo paso a paso para una sociedad está en cómo calcular el Impuesto a la Renta de una SAC.

Contablemente, la NIC 12 lo reconoce como pasivo (o activo, si los pagos a cuenta exceden el impuesto) y como gasto del período en la cuenta 881.

Impuesto diferido: el efecto de las diferencias temporales

Las adiciones y deducciones de la DJ son de dos tipos:

La NIC 12 no trabaja con la diferencia en resultados, sino con la diferencia entre el importe en libros y la base fiscal de cada activo y pasivo:

SituaciónTipo de diferenciaResultado
Activo con valor en libros mayor que su base fiscalImponiblePasivo por impuesto diferido
Activo con valor en libros menor que su base fiscalDeducibleActivo por impuesto diferido
Pasivo (provisión) que se deducirá al pagarseDeducibleActivo por impuesto diferido
Pérdida tributaria compensableCrédito fiscal no usadoActivo por impuesto diferido, si es probable recuperarlo

El activo diferido solo se reconoce si es probable que haya rentas gravables futuras contra las que usarlo (NIC 12, párrafo 24). En el caso de pérdidas, la evaluación debe considerar si son del Sistema A o del Sistema B, porque en el Sistema A vencen a los cuatro años.

Diferencias temporales frecuentes en Perú

PartidaPor qué es temporalEfecto
Provisión por garantías, litigios o bonosSe deduce cuando se paga o se concretaActivo diferido
Vacaciones devengadas no pagadas al vencer la DJSe deducen en el año de pago (art. 37 inc. v LIR)Activo diferido
Depreciación contable mayor que la tasa máxima tributariaEl exceso se deduce en los años siguientes, hasta agotar el costoActivo diferido
Ganancia por valor razonable de propiedades de inversión (NIC 40)No se grava hasta la ventaPasivo diferido
Revaluación voluntaria de activos fijosEl mayor valor nunca se deprecia tributariamente, pero la NIC 12 lo trata como diferencia imponiblePasivo diferido (contra patrimonio)

Ojo con la "depreciación acelerada" que suele usarse como ejemplo en manuales extranjeros: en el Perú, la depreciación tributaria no puede superar la contabilizada (artículo 22 del Reglamento de la LIR), salvo regímenes especiales. Por eso la diferencia típica en activos fijos va en la dirección contraria. Lo explicamos en depreciación contable vs. tributaria.

Caso práctico: ejercicio 2026

Inversiones Pacífico SAC (Régimen General) tiene una utilidad contable antes de impuestos de S/ 500,000 y estas partidas:

PartidaTipoS/
Multas de SUNAT y SUNAFILPermanente (adición)10,000
Gastos sin comprobante válidoPermanente (adición)5,000
Provisión por garantías no pagadaTemporaria (adición)40,000
Vacaciones no pagadas al vencer la DJTemporaria (adición)12,000
Exceso de depreciación de equipos de cómputo (contable 33.33% vs. tributaria 25% sobre S/ 96,000)Temporaria (adición)8,000
Ganancia por valor razonable de un inmueble de inversiónTemporaria (deducción)(30,000)

1. Impuesto corriente

Renta neta = 500,000 + 10,000 + 5,000 + 40,000 + 12,000 + 8,000 − 30,000 = S/ 545,000.
Impuesto corriente = 545,000 × 29.5% = S/ 160,775.

2. Impuesto diferido

ConceptoDiferencia (S/)29.5% (S/)
Activo diferido (garantías + vacaciones + depreciación)60,00017,700
Pasivo diferido (valor razonable)30,0008,850
Efecto neto en resultados (ingreso diferido)(8,850)

3. Gasto total y conciliación

ConceptoS/
Impuesto corriente160,775
Impuesto diferido neto(8,850)
Gasto por impuesto a la renta151,925
Comprobación: (500,000 + 15,000 de permanentes) × 29.5%151,925
Tasa efectiva: 151,925 ÷ 500,00030.39%

La conciliación muestra la lógica de la NIC 12: las diferencias temporales no cambian el gasto total, solo su reparto entre años. Las permanentes sí lo cambian y explican por qué la tasa efectiva supera el 29.5%.

4. Asientos al 31-12-2026

CuentaDebe (S/)Haber (S/)
8811 Impuesto a la renta - corriente160,775
4017 Impuesto a la renta160,775
3712 Impuesto a la renta diferido - resultados17,700
882 Impuesto a la renta - diferido17,700
882 Impuesto a la renta - diferido8,850
4912 Impuesto a la renta diferido - resultados8,850

En 2027, cuando se paguen las garantías y se deduzcan los S/ 40,000, el activo diferido se revierte: Debe 882 / Haber 3712 por S/ 11,800. El impuesto corriente de ese año será menor y el gasto diferido compensará la diferencia.

Diferencias clave en una tabla

AspectoImpuesto corrienteImpuesto diferido
Norma que lo determinaLey del Impuesto a la RentaNIC 12 (o Sección 29 de la NIIF para PYMES)
BaseRenta neta tributaria del añoDiferencias temporales entre libros y base fiscal
Se declara a SUNATSí, en la DJ anual (Formulario 710)No
Efecto en cajaSíNo
Cuentas PCGE881 y 4017882, 371 (activo) y 491 (pasivo)
PresentaciónPasivo o activo corrienteActivo o pasivo no corriente

Para más ejemplos de clasificación, revisa NIC 12: diferencias temporales y permanentes y nuestra guía para calcular el impuesto a la renta diferido.

Errores frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Toda empresa debe registrar impuesto diferido?

Las que aplican NIIF plenas o NIIF para PYMES, sí. Las microempresas que llevan contabilidad simplificada suelen no hacerlo, pero si presentan estados financieros a bancos o socios conviene evaluarlo.

¿El impuesto diferido se paga a SUNAT?

No. Es una partida contable. Lo que se paga es el corriente.

¿Qué tasa uso para medir el diferido?

La que se espera aplicar cuando la diferencia se revierta, según normas aprobadas al cierre (NIC 12, párrafo 47). Hoy es 29.5% en el Régimen General.

¿Se puede compensar el activo diferido con el pasivo diferido?

Sí, en la presentación, si se refieren al mismo fisco y la entidad tiene derecho legal a compensar (NIC 12, párrafo 74).

Separar bien lo corriente de lo diferido mejora la lectura de los estados financieros y evita reparos por adiciones mal clasificadas. En Lynch preparamos la conciliación tributaria anual y el cálculo de la NIC 12 dentro de nuestra asesoría tributaria en Lima.

Este artículo pertenece aTributación·Centro de conocimiento

¿Necesitas aplicar esto en tu empresa?

Revisamos tu caso concreto y te indicamos qué corresponde hacer, con qué sustento y en qué plazo. La primera evaluación es sin costo.

Solicitar evaluaciónEscribir por WhatsApp