El Régimen Tributario Fiscal (RTF) ha establecido criterios claros sobre cómo se deben tratar las operaciones no fehacientes en relación con el Impuesto General a las Ventas (IGV) y su impacto en el crédito fiscal. Comprender estos lineamientos es fundamental para las empresas y contribuyentes, ya que implica importantes consecuencias en la deducción del crédito fiscal y el cumplimiento tributario.

¿Qué son las operaciones no fehacientes?

Las operaciones no fehacientes son aquellas que, a pesar de estar formalmente documentadas, no cuentan con sustancia económica real o no reflejan actos o hechos que efectivamente se hayan realizado. En otras palabras, son transacciones simuladas o ficticias que buscan generar beneficios tributarios indebidos.

Este tipo de prácticas afectan la recaudación tributaria y distorsionan la correcta aplicación del IGV, por lo que la SUNAT y el Tribunal Fiscal han desarrollado mecanismos para su detección y sanción.

Normativa aplicable al IGV y operaciones no fehacientes

La legislación peruana, junto con la interpretación administrativa y judicial plasmada en las Resoluciones del Tribunal Fiscal (RTF), ha definido que solo pueden ser considerados para crédito fiscal aquellos comprobantes vinculados a operaciones reales y fehacientes.

La Ley del IGV señala que el crédito fiscal es deducible únicamente si está sustentado en comprobantes de pago válidos y corresponde a adquisiciones destinadas a actividades gravadas o exoneradas con derecho a crédito. Esto implica que la existencia física y económica de la operación es requisito indispensable para la deducción.

Resolución del Tribunal Fiscal sobre el tema

El Tribunal Fiscal ha emitido diversas resoluciones estableciendo criterios para identificar cuándo una operación es considerada no fehaciente y, por tanto, cuando el crédito fiscal asociado debe ser rechazado. Estos criterios incluyen:

  1. Análisis documental detallado para verificar la existencia real de la operación: Se revisan contratos, órdenes de compra, comprobantes de pago y otros documentos relacionados.
  2. Verificación física y económica del bien o servicio adquirido: Inspecciones, inventarios y revisión del destino y uso de los bienes o servicios.
  3. Comprobación del destino final de los bienes o servicios en actividades gravadas: Determinar si los bienes o servicios fueron utilizados efectivamente en la actividad económica declarada.

Consecuencias tributarias por operaciones no fehacientes en IGV

Cuando se determina que una operación es no fehaciente, el contribuyente pierde el derecho al crédito fiscal generado por dicha operación. Esto genera un ajuste tributario que puede implicar:

Tabla
Impacto Descripción
Pérdida de crédito fiscal No podrá deducirse el IGV pagado en la adquisición cuestionada, afectando la base imponible y la liquidez del contribuyente.
Sanciones Multas según lo previsto en la Ley General de Tributación, que pueden alcanzar hasta el 50% del IGV omitido.
Ajustes adicionales Cálculo de intereses moratorios e incremento de deuda tributaria, que aumentan el costo financiero para el contribuyente.

Es fundamental mantener documentación soportada y coherente para evitar cuestionamientos sobre la fehaciencia de las operaciones y proteger los derechos al crédito fiscal.

Estrategias para evitar problemas con operaciones no fehacientes

Para minimizar riesgos relacionados con operaciones no fehacientes y salvaguardar el derecho al crédito fiscal del IGV, se recomienda implementar medidas como:

Ejemplos prácticos y asientos contables relacionados

Para ilustrar el impacto de las operaciones no fehacientes en el crédito fiscal del IGV, se presentan dos ejemplos prácticos con sus respectivos asientos contables:

Ejemplo 1: Compra simulada sin entrega de bienes

Una empresa registra una compra por S/ 10,000 más IGV (18%) que asciende a S/ 1,800, pero no recibe los bienes.

Ejemplo 2: Servicio no prestado con factura emitida

Una empresa recibe una factura por servicios de consultoría por S/ 5,000 más IGV (S/ 900), pero el servicio nunca se prestó.

Procedimiento para la defensa ante una determinación de operaciones no fehacientes

Cuando la SUNAT notifica la exclusión del crédito fiscal por operaciones no fehacientes, el contribuyente tiene derecho a ejercer su defensa mediante los siguientes pasos:

Este procedimiento es clave para evitar sanciones mayores y recuperar el derecho al crédito fiscal legítimo.

Importancia de la auditoría interna y sistemas de control

Implementar auditorías internas periódicas y sistemas de control robustos es esencial para detectar y prevenir operaciones no fehacientes. Algunas prácticas recomendadas incluyen:

Estas acciones contribuyen a fortalecer la gobernanza corporativa y a garantizar el cumplimiento tributario.

Impacto económico y reputacional de las operaciones no fehacientes

Más allá de las sanciones tributarias, las operaciones no fehacientes pueden afectar significativamente la situación financiera y la imagen corporativa de una empresa. Entre los impactos más relevantes se encuentran:

Conclusión

El tratamiento de las operaciones no fehacientes en el ámbito del IGV es un tema de gran relevancia para los contribuyentes peruanos, ya que impacta directamente en la deducción del crédito fiscal y en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. La legislación y la jurisprudencia del Tribunal Fiscal han establecido criterios claros que buscan evitar la simulación y proteger la recaudación tributaria.

Para las empresas, la clave está en mantener una gestión documental y operativa transparente, verificando la existencia real de las operaciones y asegurando que los bienes y servicios adquiridos se utilicen efectivamente en actividades gravadas o exoneradas con derecho a crédito. La implementación de controles internos, auditorías y una adecuada selección de proveedores son estrategias fundamentales para prevenir riesgos y evitar sanciones.

Ante cualquier cuestionamiento, es indispensable contar con una defensa técnica sólida que incluya pruebas documentales, inspecciones y, de ser necesario, recursos administrativos ante el Tribunal Fiscal. Esto no solo protege el derecho al crédito fiscal sino que también contribuye a mantener la integridad fiscal y la reputación empresarial.

Finalmente, comprender y aplicar correctamente las normas relacionadas con operaciones no fehacientes permite a las empresas optimizar su gestión tributaria, evitar contingencias y fortalecer su posición frente a la SUNAT. La prevención y el cumplimiento riguroso son las mejores herramientas para asegurar la sostenibilidad y el crecimiento empresarial en el marco legal vigente.

¿Necesitas aplicar esto en tu empresa?

Revisamos tu caso concreto y te indicamos qué corresponde hacer, con qué sustento y en qué plazo. La primera evaluación es sin costo.

Solicitar evaluaciónEscribir por WhatsApp