El Régimen MYPE Tributario (RMT) da a las empresas con ingresos netos de hasta 1,700 UIT (S/ 9,350,000 en 2026) cuatro beneficios concretos: una tasa de 10% sobre las primeras 15 UIT de renta neta, pagos a cuenta de 1% mientras no superen 300 UIT, libros contables reducidos y libertad para deducir gastos y compensar pérdidas como en el Régimen General. Para acogerte basta con no superar el límite de ingresos, no tener vinculación con empresas que juntas lo superen y no ser sucursal de una empresa extranjera.

En esta guía revisamos cada beneficio con su base legal (Decreto Legislativo 1269), los requisitos reales para acogerte, un caso práctico con cifras de 2026 y otros beneficios que puede usar una MYPE aunque no dependan del RMT.

Requisitos para acogerte al Régimen MYPE Tributario

Pueden acogerse las personas naturales con negocio, las sucesiones indivisas, las sociedades conyugales y las personas jurídicas domiciliadas en el país que cumplan estas condiciones:

  1. Ingresos netos de hasta 1,700 UIT en el ejercicio anterior (S/ 9,350,000 con la UIT de 2026) y que no los superen durante el año.
  2. Sin vinculación excluyente. No deben tener vinculación directa o indirecta, en función del capital, con otras personas o empresas cuyos ingresos netos sumados superen 1,700 UIT (art. 3, inciso a, del DL 1269).
  3. No ser sucursal, agencia o establecimiento permanente de una empresa constituida en el exterior (art. 3, inciso b).

El RMT no excluye actividades. A diferencia del RER, una empresa de construcción, transporte de carga, consultoría o juegos puede acogerse si cumple los tres requisitos. Tampoco limita el número de trabajadores ni el valor de los activos.

Cómo y cuándo acogerte

Si todavía no tienes RUC o estás comparando opciones, revisa la guía para elegir el régimen tributario ideal.

Beneficios del Régimen MYPE Tributario

1. Tasa de 10% sobre las primeras 15 UIT de renta neta

El artículo 5 del DL 1269 establece una escala progresiva acumulativa:

Renta neta anualTasaEquivalente 2026
Hasta 15 UIT10%Hasta S/ 82,500
Más de 15 UIT29.5%Exceso de S/ 82,500

En el Régimen General toda la renta paga 29.5%. Por eso el ahorro anual frente a ese régimen llega como máximo a S/ 16,087.50 en 2026 (19.5 puntos sobre S/ 82,500).

2. Pagos a cuenta de 1% y posibilidad de suspenderlos

Mientras tus ingresos netos del año no superen 300 UIT (S/ 1,650,000), pagas cada mes el 1% de tus ingresos netos (art. 6.1). Si al 31 de julio tu estado de ganancias y pérdidas no muestra impuesto, o lo pagado ya cubre el impuesto proyectado, puedes suspender los pagos desde agosto. Al superar 300 UIT, pasas al sistema del artículo 85 de la Ley del Impuesto a la Renta (el mayor entre coeficiente y 1.5%).

3. Libros contables reducidos

Con ingresos de hasta 300 UIT llevas solo el Registro de Ventas, el Registro de Compras y el Libro Diario de Formato Simplificado (art. 11). Entre 300 y 500 UIT se agregan el Libro Diario y el Mayor, y entre 500 y 1,700 UIT, el Libro de Inventarios y Balances. Si superas 75 UIT, llevas los registros de forma electrónica y los de ventas y compras se generan en el SIRE de SUNAT.

4. Deducción de gastos y compensación de pérdidas

La renta neta se calcula con las reglas del Régimen General (art. 4). Puedes deducir tus gastos causales y arrastrar pérdidas tributarias. En el RER o el Nuevo RUS pagas sobre ingresos, ganes o pierdas.

5. Comprobantes y crédito fiscal sin restricciones

Emites facturas, tus clientes usan el crédito fiscal del IGV y tú usas el de tus compras. El IGV no cambia por estar en el RMT: en 2026 es 18% (15.5% de IGV más 2.5% de IPM).

Caso práctico 2026: fábrica de calzado

María es gerente de Calzados Andinos S.A.C., una pequeña fábrica sin empresas vinculadas. En 2026 proyecta:

ConceptoRMTRégimen General
Hasta S/ 82,50010% = 8,250.0029.5% = 24,337.50
Exceso: S/ 7,50029.5% = 2,212.5029.5% = 2,212.50
Impuesto anual10,462.5026,550.00
Pagos a cuenta del año1% × 1,100,000 = 11,000.001.5% × 1,100,000 = 16,500.00 (sin coeficiente)
Resultado en la DJ anualSaldo a favor de 537.50Saldo por pagar de 10,050.00

El RMT le ahorra S/ 16,087.50. Además, sus pagos mensuales son de unos S/ 916.67. Como su margen es bajo, los pagos a cuenta superan ligeramente el impuesto anual. Con ese dato, María puede evaluar la suspensión de pagos a cuenta desde agosto, presentando su estado de ganancias y pérdidas al 31 de julio.

Si en 2027 la renta neta subiera a S/ 300,000, el impuesto en el RMT sería S/ 72,412.50 frente a S/ 88,500 en el Régimen General: el ahorro se mantiene en S/ 16,087.50 (si la UIT no cambia), pero pesa menos en proporción. Para ver cuándo el RMT deja de marcar diferencia, revisa la comparación entre el RMT y el Régimen General.

Otros beneficios para la MYPE que no dependen del RMT

IGV Justo: prórroga de tres meses

La Ley 30524 permite a las micro y pequeñas empresas con ventas anuales de hasta 1,700 UIT postergar el pago del IGV hasta por tres meses. El límite se calcula con la UIT del año anterior: para 2026, 1,700 × S/ 5,350 (UIT de 2025) = S/ 9,095,000. Se elige en el Formulario Virtual 621 dentro del plazo. No accedes si tienes deudas exigibles mayores a 1 UIT, si el titular o algún socio tiene sentencia por delito tributario o si no declaraste ni pagaste el IGV y la renta de los 12 meses previos.

Gradualidad de 100% por declarar tarde

Si presentas tarde una declaración, pero lo haces antes de que SUNAT te notifique y tus ingresos del año anterior no superan 150 UIT, la multa del numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario se rebaja en 100% (RS 063-2007/SUNAT y modificatorias). Es útil, pero no debe usarse como excusa: los intereses del tributo sí corren.

Régimen laboral de la micro y pequeña empresa

Es un beneficio distinto que exige inscripción en el REMYPE. Sigue rigiendo el TUO de la Ley MYPE (DS 013-2013-PRODUCE); la Ley 32353 está pendiente de reglamento. Las diferencias se explican en MYPE y PYME: aspectos laborales y tributarios.

Errores frecuentes al aprovechar el RMT

Preguntas frecuentes

¿Qué tasa paga una empresa del RMT en 2026?

10% sobre los primeros S/ 82,500 de renta neta y 29.5% sobre el exceso.

¿El RMT tiene límite de trabajadores o de activos?

No. Solo tiene límite de ingresos netos (1,700 UIT) y la regla de vinculación.

¿Una persona natural con negocio puede estar en el RMT?

Sí. El régimen alcanza a personas naturales con negocio, sucesiones indivisas, sociedades conyugales y personas jurídicas domiciliadas.

¿Cómo declaro mensualmente?

Con el Formulario Virtual 621, que incluye el IGV y el pago a cuenta. El paso a paso está en la guía para declarar en el Régimen MYPE Tributario.

¿Si tengo pérdidas igual pago algo?

Pagas los pagos a cuenta de 1% durante el año (salvo que los suspendas), pero en la declaración anual no hay impuesto y lo pagado queda como saldo a favor.

Conclusión

Los beneficios del RMT son reales y fáciles de medir, siempre que cumplas los requisitos y controles los límites de 300 y 1,700 UIT. Si quieres saber cuánto ahorrarías o cómo ordenar tu empresa para aprovecharlo sin riesgos, en Lynch te ayudamos con nuestra asesoría tributaria para MYPE.

Este artículo pertenece aTributación·Centro de conocimiento

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