La NIIF 4 Contratos de Seguro ya no está vigente: la NIIF 17 la reemplazó para los ejercicios iniciados desde el 1 de enero de 2023, y el Set NIIF versión 2026 oficializado en Perú (Res. CNC 003-2026-EF/30) incluye la NIIF 17, no la NIIF 4. Aun así, entender sus reglas sigue siendo útil, porque muchas prácticas contables de seguros nacieron con ella. A continuación verás cinco casos prácticos con asientos al estilo NIIF 4 y cómo cambia el mismo ejemplo con la NIIF 17.
Qué era la NIIF 4 y por qué se reemplazó
El IASB emitió la NIIF 4 en marzo de 2004 como una norma "provisional" (fase I del proyecto de seguros), aplicable desde 2005. Su objetivo era limitado: permitir que las entidades que emiten contratos de seguro siguieran usando sus políticas contables locales, con algunas mejoras mínimas y más revelaciones, mientras el IASB desarrollaba una norma completa.
Ese "permiso" generó el problema que motivó su reemplazo: dos aseguradoras con contratos idénticos podían medir sus pasivos de forma muy distinta, y los estados financieros del sector no eran comparables entre países ni entre empresas. La NIIF 17 Contratos de Seguro, emitida en mayo de 2017 y modificada en junio de 2020, introdujo un modelo único de medición basado en flujos de efectivo actuales, un ajuste por riesgo y un margen de servicio contractual.
Reglas mínimas que imponía la NIIF 4
Aunque la norma permitía conservar las políticas existentes, el párrafo 14 de la NIIF 4 exigía algunas reglas obligatorias:
- Prohibía las reservas catastróficas y de estabilización por siniestros de contratos que aún no existían a la fecha de cierre.
- Exigía la prueba de adecuación de pasivos (párrafos 15 a 19): al cierre, comparar el pasivo registrado con las estimaciones actuales de flujos futuros y reconocer en resultados cualquier insuficiencia.
- Solo permitía dar de baja un pasivo de seguros cuando se extinguía (pago, cancelación o vencimiento).
- Prohibía compensar activos por reaseguro con los pasivos de seguros relacionados, y los ingresos o gastos de reaseguro con los del contrato directo.
- Exigía evaluar el deterioro de los activos por contratos de reaseguro.
Además, obligaba a separar el componente de depósito de algunos contratos (párrafos 10 a 12) y a revelar información sobre importes reconocidos y riesgos derivados de los contratos.
Quién aplica las normas de seguros en Perú
Ni la NIIF 4 ni la NIIF 17 son "normas para aseguradoras" en sentido estricto: se aplican a cualquier entidad que emite contratos de seguro, es decir, contratos en los que acepta un riesgo de seguro significativo de otra parte. No las aplica el asegurado (la empresa que compra una póliza), salvo en el caso del reaseguro que mantiene una aseguradora.
En la práctica peruana hay que distinguir dos grupos:
- Empresas de seguros supervisadas por la SBS. Preparan sus estados financieros con las normas contables y el manual de contabilidad que dicta la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, que prevalecen sobre las NIIF para fines regulatorios. La SBS ha venido trabajando con la industria la adopción de la NIIF 17; para conocer el cronograma aplicable a tu entidad, revisa las resoluciones vigentes en sbs.gob.pe.
- Otras entidades que aplican NIIF plenas y que emiten contratos con riesgo de seguro significativo. Para ellas rige el Set NIIF oficializado por el Consejo Normativo de Contabilidad, que hoy incluye la NIIF 17. Ojo: las garantías de producto que da un fabricante o vendedor no son contratos de seguro bajo estas normas; se tratan con la NIIF 15 o la NIC 37 de provisiones.
Caso práctico 2026: una póliza anual al estilo NIIF 4
Los datos son ilustrativos. Como las aseguradoras supervisadas usan el plan de cuentas de la SBS y no el PCGE, en los asientos se usan nombres descriptivos de cuenta en lugar de códigos.
- Aseguradora Andina S.A. emite una póliza de daños de 12 meses, vigente del 1-07-2026 al 30-06-2027.
- Prima: S/ 12,000, cobrada al inicio (para simplificar, se omiten los tributos).
- Comisión al corredor: 10% de la prima (S/ 1,200), pagada al inicio y diferida según la política de la entidad.
- El 15-10-2026 ocurre un siniestro estimado en S/ 8,000, que se paga el 20-11-2026 por S/ 7,500.
- Al 31-12-2026 se estiman siniestros ocurridos y no reportados por S/ 1,500.
Caso 1: emisión de la póliza y constitución de la reserva
Bajo la práctica habitual permitida por la NIIF 4, la prima emitida se registra como ingreso y se constituye una reserva de riesgos en curso (prima no devengada) por el mismo importe.
| Fecha | Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 01-07-2026 | Bancos | S/ 12,000 | |
| Primas de seguros emitidas (ingreso) | S/ 12,000 | ||
| 01-07-2026 | Ajuste de reservas técnicas (gasto) | S/ 12,000 | |
| Reserva de riesgos en curso (pasivo) | S/ 12,000 | ||
| 01-07-2026 | Costos de adquisición diferidos (activo) | S/ 1,200 | |
| Bancos | S/ 1,200 |
Algunas entidades preferían registrar la prima directamente como ingreso diferido. El efecto neto en resultados es el mismo; lo que cambia es la presentación.
Caso 2: devengo mensual de la prima
La prima se devenga en proporción al tiempo de cobertura: S/ 12,000 / 12 = S/ 1,000 por mes. Cada mes se libera la reserva y se amortiza la comisión (S/ 1,200 / 12 = S/ 100).
| Fecha | Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 31-07-2026 | Reserva de riesgos en curso | S/ 1,000 | |
| Ajuste de reservas técnicas (liberación) | S/ 1,000 | ||
| 31-07-2026 | Gastos de adquisición (comisiones) | S/ 100 | |
| Costos de adquisición diferidos | S/ 100 |
Al 31-12-2026, tras seis meses, la reserva de riesgos en curso queda en S/ 6,000 y los costos de adquisición diferidos en S/ 600. Este es el mismo principio que explica la guía de devengado en contabilidad: el ingreso sigue a la prestación del servicio de cobertura, no al cobro.
Caso 3: registro del siniestro reportado
| Fecha | Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 15-10-2026 | Siniestros de primas de seguros (gasto) | S/ 8,000 | |
| Reserva de siniestros pendientes (pasivo) | S/ 8,000 |
Caso 4: pago del siniestro por un monto menor
El siniestro se liquida en S/ 7,500. La diferencia de S/ 500 reduce el gasto, porque la estimación inicial fue mayor que el monto final.
| Fecha | Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 20-11-2026 | Reserva de siniestros pendientes | S/ 8,000 | |
| Bancos | S/ 7,500 | ||
| Siniestros de primas de seguros (recupero de estimación) | S/ 500 |
Caso 5: siniestros no reportados y prueba de adecuación de pasivos al cierre
Primero se registra la estimación de siniestros ocurridos y no reportados (S/ 1,500). Luego se hace la prueba de adecuación de pasivos que exigía la NIIF 4:
- Importe en libros neto de la cobertura pendiente: reserva de riesgos en curso S/ 6,000 menos costos de adquisición diferidos S/ 600 = S/ 5,400.
- Estimación actual de flujos por los seis meses restantes: siniestros S/ 5,800 + gastos de administración S/ 400 = S/ 6,200.
- Insuficiencia: S/ 6,200 − S/ 5,400 = S/ 800, que va a resultados.
| Fecha | Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 31-12-2026 | Siniestros de primas de seguros (no reportados) | S/ 1,500 | |
| Reserva de siniestros ocurridos y no reportados | S/ 1,500 | ||
| 31-12-2026 | Gasto por insuficiencia de primas | S/ 800 | |
| Reserva por insuficiencia de primas | S/ 800 |
Un error frecuente en ejemplos que circulan es registrar las primas en la cuenta 70 (ventas de mercaderías) y los siniestros en la cuenta 69 (costo de ventas) del PCGE. Esas cuentas corresponden a la venta de bienes, no a la actividad aseguradora.
El mismo ejemplo con la NIIF 17 (enfoque de asignación de la prima)
Como la cobertura es de un año o menos, la entidad puede usar el enfoque simplificado de asignación de la prima (párrafo 53 de la NIIF 17). El resultado de 2026 queda así:
| Concepto 2026 | Estilo NIIF 4 | NIIF 17 (asignación de la prima) |
|---|---|---|
| Primas emitidas | S/ 12,000 | No se presentan como ingreso |
| Ajuste neto de reserva de riesgos en curso | (S/ 6,000) | — |
| Ingresos de actividades de seguro | — | S/ 6,000 |
| Amortización de costos de adquisición | (S/ 600) | (S/ 600) |
| Siniestros incurridos (7,500 + 1,500) | (S/ 9,000) | (S/ 9,000) |
| Insuficiencia de primas / pérdida por contrato oneroso | (S/ 800) | (S/ 800) |
| Resultado | (S/ 4,400) | (S/ 4,400) |
En un contrato corto y simple el resultado coincide, pero hay diferencias importantes:
- Presentación: la NIIF 17 no permite mostrar las primas emitidas como ingreso; el ingreso refleja solo el servicio de cobertura prestado en el período.
- Ajuste por riesgo: el pasivo por siniestros incurridos debe incluir un ajuste por riesgo no financiero y, si corresponde, descontarse. En el ejemplo se omitió para simplificar, pero en la práctica aumenta el pasivo.
- Contratos onerosos: la NIIF 17 exige identificar grupos onerosos desde el reconocimiento inicial, no solo con una prueba al cierre.
- Contratos de largo plazo (vida, rentas vitalicias): la diferencia es enorme, porque el modelo general difiere la ganancia en el margen de servicio contractual y la reconoce a lo largo de la cobertura.
Si quieres profundizar en estas diferencias, revisa la comparación entre NIIF 4 y NIIF 17.
Y si tu empresa es la asegurada: cómo registrar la póliza
La mayoría de lectores no emite seguros, sino que los compra. El asegurado no aplica la NIIF 4 ni la NIIF 17: registra la prima como un gasto pagado por anticipado y la devenga en el plazo de cobertura. Ejemplo: póliza multirriesgo de 12 meses desde el 1-04-2026, prima S/ 6,000 más IGV (18%) S/ 1,080, total S/ 7,080.
| Fecha | Cuenta PCGE | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 01-04-2026 | 182 Seguros (servicios contratados por anticipado) | S/ 6,000 | |
| 40111 IGV – Cuenta propia | S/ 1,080 | ||
| 4212 Facturas por pagar – Emitidas | S/ 7,080 | ||
| 30-04-2026 | 651 Seguros | S/ 500 | |
| 182 Seguros | S/ 500 | ||
| 30-04-2026 | 94 Gastos de administración | S/ 500 | |
| 791 Cargas imputables a cuentas de costos y gastos | S/ 500 |
Al 31-12-2026 se habrán devengado nueve meses (S/ 4,500) y quedarán S/ 1,500 en la cuenta 182. Para el Impuesto a la Renta, las primas que cubren riesgos sobre operaciones, servicios y bienes que producen rentas gravadas son deducibles (artículo 37 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta), en el ejercicio en que se devengan.
Errores frecuentes
- Seguir citando la NIIF 4 como norma vigente en notas a los estados financieros de 2026. La referencia correcta es la NIIF 17 (o, para aseguradoras supervisadas, las normas de la SBS).
- Usar cuentas de venta de mercaderías y costo de ventas para primas y siniestros.
- No registrar los siniestros ocurridos y no reportados al cierre: subestima el pasivo y sobrestima la utilidad.
- Compensar el reaseguro con el pasivo del contrato directo, algo prohibido ya desde la NIIF 4.
- Tratar como seguro las garantías de producto que da el propio vendedor, que corresponden a la NIIF 15 o la NIC 37.
- No documentar el cambio de política contable al pasar de NIIF 4 a NIIF 17. La transición tiene reglas propias en el Apéndice C de la NIIF 17; los cambios posteriores siguen la NIC 8.
Preguntas frecuentes
¿La NIIF 4 sigue vigente en Perú en 2026?
No para quienes aplican NIIF plenas. El Set NIIF versión 2026 (Res. CNC 003-2026-EF/30) incluye la NIIF 17, que reemplazó a la NIIF 4 desde los ejercicios iniciados el 1-01-2023. Las aseguradoras supervisadas siguen además las normas contables de la SBS.
¿La NIIF 4 obligaba a cambiar la contabilidad de las aseguradoras?
Solo en lo mínimo: permitía mantener las políticas existentes, pero prohibía las reservas catastróficas, exigía la prueba de adecuación de pasivos y la evaluación del deterioro del reaseguro, y ampliaba las revelaciones.
¿Qué es la prueba de adecuación de pasivos?
Es la comparación, al cierre, entre el pasivo de seguros registrado (neto de costos de adquisición diferidos) y la estimación actual de los flujos futuros del contrato. Si el pasivo es insuficiente, la diferencia se reconoce en resultados.
¿Una empresa que compra seguros aplica la NIIF 17?
No. El asegurado registra la prima como gasto pagado por anticipado (cuenta 182 del PCGE) y la lleva a gasto (cuenta 651) a medida que transcurre la cobertura.
¿Cómo se presentaban los ingresos con la NIIF 4 frente a la NIIF 17?
Con la NIIF 4 era habitual mostrar las primas emitidas y luego el ajuste de reservas. La NIIF 17 solo admite como ingreso el importe que corresponde al servicio de cobertura prestado en el período.
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