Bajo la NIIF 16, la distinción entre arrendamiento financiero y operativo solo la hace el arrendador (párrafos 61 a 66). El arrendatario no clasifica: reconoce un activo por derecho de uso y un pasivo por arrendamiento en casi todos los contratos, sean "financieros" u "operativos" en sentido comercial. La clasificación sí sigue importando en el Perú en otros frentes: para el arrendador, para las empresas que aplican la NIIF para las PYMES, para el Impuesto a la Renta (leasing del Decreto Legislativo 299 frente a alquiler) y en las subcuentas del PCGE. Abajo tienes los criterios y dos contratos 2026 vistos desde ambos lados.
Por qué el arrendatario ya no clasifica
Con la antigua NIC 17, el arrendatario clasificaba: el arrendamiento financiero iba al balance y el operativo, a gasto. Eso permitía dejar fuera del balance obligaciones importantes. La NIIF 16, vigente desde 2019, eliminó esa opción para el arrendatario: el párrafo 22 exige reconocer derecho de uso y pasivo en la fecha de comienzo, salvo las exenciones de corto plazo (12 meses o menos y sin opción de compra) y de bajo valor. La comparación completa está en diferencias entre NIIF 16 y NIC 17.
Lo que sí cambia según las condiciones del contrato es el período de depreciación del derecho de uso: si el contrato transfiere la propiedad o la opción de compra es razonablemente cierta, se deprecia en la vida útil del bien; si no, en el menor entre el plazo y la vida útil (párrafo 32).
Cómo clasifica el arrendador: los indicadores
El arrendador clasifica como financiero el arrendamiento que transfiere sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad; si no, es operativo (párrafo 62). Los indicadores del párrafo 63 son:
- Se transfiere la propiedad al final del plazo.
- Hay una opción de compra a un precio tan inferior al valor razonable que su ejercicio es razonablemente cierto.
- El plazo cubre la mayor parte de la vida económica del bien.
- El valor presente de los pagos equivale a casi todo el valor razonable del bien.
- El bien es tan especializado que solo el arrendatario puede usarlo sin grandes modificaciones.
Y los indicadores adicionales del párrafo 64: el arrendatario asume las pérdidas si cancela, las fluctuaciones del valor residual le corresponden, o puede prorrogar con una renta muy inferior a la de mercado. La NIIF 16 no fija porcentajes: es un juicio de fondo sobre la sustancia del contrato.
Caso práctico 2026: dos contratos, dos lados
| Condición | Contrato A: equipo pesado | Contrato B: camioneta |
|---|---|---|
| Inicio | 1-01-2026 | 1-01-2026 |
| Plazo | 5 años | 2 años |
| Cuota anual vencida (sin IGV) | S/ 24,000 | S/ 25,000 |
| Vida útil del bien | 6 años | 8 años |
| Al final | La propiedad pasa al arrendatario | Se devuelve el bien |
| Tasa de descuento | 8% (implícita) | 8% (incremental del arrendatario) |
| Clasificación del arrendador | Financiero (transfiere propiedad; 5 de 6 años de vida) | Operativo (2 de 8 años; el riesgo residual queda con el arrendador) |
Lado del arrendatario: el mismo modelo para ambos
| Concepto | Contrato A | Contrato B |
|---|---|---|
| Pasivo inicial (valor presente de las cuotas) | S/ 95,825.04 | S/ 44,581.62 |
| Activo por derecho de uso inicial | S/ 95,825.04 | S/ 44,581.62 |
| Período de depreciación | 6 años (vida útil, porque se transfiere la propiedad) | 2 años (plazo) |
| Depreciación 2026 | S/ 15,970.84 | S/ 22,290.81 |
| Interés 2026 (8% del pasivo inicial) | S/ 7,666.00 | S/ 3,566.53 |
| Pasivo al 31-12-2026 (tras pagar la cuota) | S/ 79,491.04 | S/ 23,148.15 |
Fíjate en el Contrato B: aunque comercialmente sea un "alquiler operativo", el arrendatario reconoce activo y pasivo y registra intereses. Y el pasivo no es la suma de cuotas (S/ 50,000), sino su valor presente (S/ 44,581.62). Medirlo por el total sin descontar es un error frecuente.
Asiento inicial del Contrato B (S/): debe 32351 Activos por derecho de uso – Unidades de transporte (arrendamiento operativo) 44,581.62; haber 452 Pasivo por arrendamiento 44,581.62. Para el Contrato A el PCGE prevé la subcuenta 322 (arrendamiento financiero), con la divisionaria que corresponda al bien. Un caso de vehículo con todos los asientos está en NIIF 16 en arrendamiento de vehículo corporativo.
Lado del arrendador: aquí sí cambia todo
Contrato A (financiero). El arrendador da de baja el equipo y reconoce una cuenta por cobrar por la inversión neta en el arrendamiento: S/ 95,825.04 (párrafo 67), suponiendo que ese es el valor razonable del equipo. Cada año reconoce ingreso financiero con la tasa implícita (S/ 7,666.00 en 2026) y aplica el resto de la cuota a reducir la cuenta por cobrar.
| Asiento del arrendador, Contrato A | Debe (S/) | Haber (S/) |
|---|---|---|
| Cuenta por cobrar por arrendamiento financiero (cuenta 12 o 16, divisionaria abierta) | 95,825.04 | |
| 33 Propiedad, planta y equipo (baja del equipo) | 95,825.04 | |
| 31-12-2026: 1041 Cuentas corrientes operativas | 24,000.00 | |
| Cuenta por cobrar por arrendamiento financiero | 16,334.00 | |
| 77 Ingresos financieros | 7,666.00 |
Contrato B (operativo). El arrendador mantiene la camioneta en su activo, la deprecia en su vida útil y reconoce ingreso por arrendamiento en forma lineal (párrafo 81). Si la camioneta le costó S/ 160,000, en 2026 registra S/ 25,000 de ingreso y S/ 20,000 de depreciación (8 años). Más detalle del lado del arrendador en NIIF 16 para arrendatarios y arrendadores.
Dónde sigue importando la clasificación en el Perú
1. NIIF para las PYMES
Las empresas que aplican la NIIF para las PYMES siguen la Sección 20: el arrendatario sí clasifica, y el arrendamiento operativo va a gasto sin activo ni pasivo. Lo comparamos en NIIF para PYMES vs. NIIF completas.
2. Impuesto a la Renta del arrendatario
- Leasing bajo el DL 299 (con banco, financiera u otra empresa autorizada): según su artículo 18, modificado por la Ley 27394, el bien es activo fijo del arrendatario y se deprecia tributariamente; si se cumplen los requisitos, con la tasa que resulte del plazo del contrato. Ver leasing financiero en el Perú.
- Alquiler (arrendamiento que no es leasing): se deduce la cuota devengada. El derecho de uso no es depreciable tributariamente, según el Informe N.° 000054-2021-SUNAT/7T0000. En el Contrato B, el gasto contable de 2026 es S/ 25,857.34 (22,290.81 + 3,566.53) y el tributario S/ 25,000: se adicionan S/ 857.34 en la declaración jurada anual, con un activo por IR diferido de S/ 252.92 (29.5%).
3. IGV y detracciones
En ambos casos cada cuota está gravada con IGV (18% en 2026: 15.5% de IGV más 2.5% de IPM). En el leasing, la opción de compra es una venta de bienes y también lleva IGV. El alquiler de bienes está sujeto a detracción del 10% (código 019) cuando supera S/ 700. Ver IGV en leasing operativo vs. financiero.
4. Subcuentas del PCGE
El PCGE 2019 separa los activos por derecho de uso en la 322 (arrendamiento financiero) y la 323 (arrendamiento operativo), con sus depreciaciones en la 393 y la 394. Es una separación de registro, útil para conciliar con el tratamiento tributario, aunque la medición NIIF 16 del arrendatario es la misma.
Errores frecuentes
- Clasificar como arrendatario y llevar a gasto los contratos "operativos" bajo NIIF completas.
- Medir el pasivo por la suma de cuotas en lugar de su valor presente.
- No registrar intereses en los contratos que comercialmente se llaman operativos.
- Depreciar en la vida útil cuando no hay transferencia de propiedad ni opción razonablemente cierta.
- Deducir la depreciación del derecho de uso de un alquiler en la declaración anual.
- Confundir "leasing" comercial con leasing del DL 299: el tratamiento tributario depende de la norma, no del nombre del contrato.
Preguntas frecuentes
¿Entonces "arrendamiento operativo" ya no existe?
Existe para el arrendador bajo NIIF 16 y para ambas partes bajo la NIIF para las PYMES. Para el arrendatario bajo NIIF completas, no es una categoría contable.
¿Cómo registro un alquiler de 12 meses o menos?
Con la exención de corto plazo, como gasto lineal. Ver cómo registrar el asiento del arrendamiento operativo.
¿Qué pasa si el contrato tiene opción de compra a precio simbólico?
Para el arrendador, es un indicador fuerte de arrendamiento financiero. Para el arrendatario, el precio de la opción entra en el pasivo y el activo se deprecia en la vida útil. El caso completo está en NIIF 16 en maquinaria con opción de compra.
¿El arrendador revisa la clasificación cada año?
No. Solo la revisa si el contrato se modifica; los cambios de estimaciones o de circunstancias, como un incumplimiento del arrendatario, no generan una nueva clasificación (párrafo 66).
Si tu empresa tiene contratos como arrendataria y como arrendadora, o mezcla leasing bancario con alquileres, conviene revisarlos uno por uno para que la contabilidad y la declaración jurada cuadren. En Lynch lo hacemos en nuestro servicio de outsourcing contable en Lima.
¿Necesitas aplicar esto en tu empresa?
Revisamos tu caso concreto y te indicamos qué corresponde hacer, con qué sustento y en qué plazo. La primera evaluación es sin costo.