No otorgar vacaciones a tiempo en Perú no solo es una falta laboral: también genera una indemnización obligatoria. Muchas empresas pagan solo las vacaciones pendientes en la liquidación, sin considerar el monto extra cuando no se respetó el descanso físico.

A continuación, qué pasa si no gozas tus vacaciones, cómo calcular lo que corresponde y cómo evitar multas de SUNAFIL.

¿Cuánto se paga por vacaciones no tomadas en Perú?

Si no se otorgan dentro del año siguiente a su devengo, el empleador debe pagar:

En la práctica, por cada día vencido no descansado se paga doble: la remuneración habitual + la indemnización.

¿Qué pasa si no gozo mis vacaciones?

Si el trabajador no toma sus vacaciones dentro de los 12 meses posteriores a cumplir un año de servicios, se configura vacación vencida. Según el Decreto Legislativo 713, esto genera el pago de indemnización vacacional, incluso si ya cesó.

Además, SUNAFIL puede sancionar si la empresa no otorgó el descanso físico ni llevó registro adecuado.

¿Cómo se calcula la indemnización por vacaciones no gozadas?

Fórmula: Remuneración mensual × (días vencidos no gozados / 30) × 2

Ejemplo: Sueldo S/ 3,000 y 15 días vencidos sin gozar:
Remuneración: S/ 1,500  |  Indemnización: S/ 1,500  |  Total: S/ 3,000

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Base legal

¿Se pueden “comprar” las vacaciones?

Sí, con límites. El art. 19 del DL 713 permite pactar la venta de hasta 15 días. El resto debe descansarse. Útil para evitar indemnización sin afectar operaciones.

¿Pagan impuestos las vacaciones no gozadas?

Sí. La remuneración vacacional y la indemnización están afectas a quinta categoría y se consideran en el cálculo de beneficios sociales (gratificaciones, CTS, etc.).

Caso práctico

Escenario: Trabajador cesa tras 2 años y solo tomó 7 días.

Total a pagar: 23 días (truncas) + 30 días (vencidas) + 30 días (indemnización) = 83 días remunerados.

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