El asiento contable de la detracción depende de qué lado estás. El cliente no registra un tributo: deposita parte del precio en la cuenta del proveedor en el Banco de la Nación, así que carga el importe a su cuenta por pagar (42) y abona su banco. El proveedor recibe ese importe en una cuenta que solo puede usar para pagar tributos, por eso lo registra en la cuenta 107 Fondos sujetos a restricción contra su cuenta por cobrar (12). En ambos casos, la detracción se calcula sobre el importe total de la factura, IGV incluido.

Reglas que debes tener claras antes de contabilizar

Si necesitas repasar el sistema completo, consulta nuestra guía del SPOT en Perú.

Caso 1: el cliente (alquiler de un local, 10%)

Distribuidora del Sur S.A.C. alquila un almacén. En octubre de 2026 recibe la factura del arrendador por el alquiler del mes: S/ 15,000 más IGV. El arrendamiento de bienes tiene detracción del 10% (código 019).

ConceptoImporte
Valor del alquilerS/ 15,000.00
IGV 18% (15.5% IGV + 2.5% IPM)S/ 2,700.00
Total de la facturaS/ 17,700.00
Detracción 10% sobre el totalS/ 1,770.00
Pago neto al arrendadorS/ 15,930.00

a) Registro de la factura

CuentaDebeHaber
6352 Alquileres – Edificaciones15,000.00
40111 IGV – Cuenta propia2,700.00
4212 Facturas por pagar – Emitidas17,700.00
Totales17,700.0017,700.00

b) Depósito de la detracción en la cuenta del arrendador

CuentaDebeHaber
4212 Facturas por pagar – Emitidas1,770.00
1041 Cuentas corrientes operativas1,770.00

c) Pago del saldo

CuentaDebeHaber
4212 Facturas por pagar – Emitidas15,930.00
1041 Cuentas corrientes operativas15,930.00

Después de los tres asientos, la cuenta 4212 queda en cero (17,700 − 1,770 − 15,930 = 0). Si la empresa lleva contabilidad por destino, registra además el asiento de la cuenta 9 correspondiente contra la 79 por S/ 15,000.

Plazo y crédito fiscal: el depósito debe hacerse hasta la fecha de pago o hasta el quinto día hábil del mes siguiente a la anotación de la factura en el Registro de Compras, lo que ocurra primero. Si se deposita a tiempo, el IGV de S/ 2,700 se usa como crédito fiscal en octubre; si se deposita tarde, recién en el período en que se acredite el depósito. Para el cálculo mensual, revisa cómo calcular el crédito fiscal del IGV del mes.

Caso 2: el proveedor (consultoría, 12%)

Consultores Asociados S.A.C. presta un servicio de consultoría empresarial (otros servicios empresariales, 12%, código 022). Emite en octubre de 2026 una factura por S/ 10,000 más IGV.

ConceptoImporte
Valor del servicioS/ 10,000.00
IGV 18%S/ 1,800.00
Total de la facturaS/ 11,800.00
Detracción 12% sobre el totalS/ 1,416.00
Cobro neto en cuenta corrienteS/ 10,384.00

a) Registro de la venta

CuentaDebeHaber
1212 Facturas por cobrar – Emitidas en cartera11,800.00
40111 IGV – Cuenta propia1,800.00
7041 Prestación de servicios – Terceros10,000.00
Totales11,800.0011,800.00

b) El cliente deposita la detracción

CuentaDebeHaber
107 Fondos sujetos a restricción (cuenta de detracciones – Banco de la Nación)1,416.00
1212 Facturas por cobrar – Emitidas en cartera1,416.00

c) Cobro del saldo

CuentaDebeHaber
1041 Cuentas corrientes operativas10,384.00
1212 Facturas por cobrar – Emitidas en cartera10,384.00

d) Uso de los fondos para pagar el IGV del mes

Supongamos que, después de restar su crédito fiscal, Consultores Asociados tiene un IGV por pagar de S/ 2,500 en el período octubre de 2026. Usa los S/ 1,416 de su cuenta de detracciones y paga la diferencia con su cuenta corriente:

CuentaDebeHaber
40111 IGV – Cuenta propia2,500.00
107 Fondos sujetos a restricción1,416.00
1041 Cuentas corrientes operativas1,084.00
Totales2,500.002,500.00

Los fondos de la cuenta de detracciones sirven para pagar deudas tributarias administradas por SUNAT, incluidas multas e intereses, y las aportaciones a EsSalud y ONP. Si después de pagar tus obligaciones queda saldo, puedes pedir su liberación; cuando SUNAT la aprueba, el asiento es: debe 1041, haber 107.

Variantes frecuentes

El cliente pagó el 100% y no depositó

Si el proveedor recibió el total sin que se hiciera el depósito, debe depositar él mismo la detracción en su cuenta dentro del quinto día hábil siguiente a la recepción del total. En su contabilidad: debe 107, haber 1041 por S/ 1,416. Para el cliente, la infracción por no depositar sigue existiendo.

SUNAT ingresa los fondos como recaudación

Si el proveedor tiene declaraciones inconsistentes, deudas en cobranza coactiva u otras causales, SUNAT puede ingresar como recaudación el saldo de la cuenta de detracciones. Ese dinero ya no está en la cuenta del Banco de la Nación: se reclasifica de la 107 a una cuenta por cobrar a SUNAT (dentro de la 16) hasta que se aplique a deudas o se devuelva.

Detracción por transporte de bienes

En el servicio de transporte de bienes por vía terrestre, la base es el mayor entre el importe de la factura y el valor referencial, con tasa de 4% cuando el servicio supera S/ 400. La mecánica contable es la misma; la explicamos en la guía de detracciones por transporte de bienes.

Errores frecuentes

Si el depósito no se hizo a tiempo, la multa es el 50% del monto no depositado, con una rebaja de 100% si subsanas antes de que SUNAT te notifique. Revisa cómo regularizar en nuestro artículo sobre la multa por no pagar detracciones.

Preguntas frecuentes

¿En qué cuenta registra el proveedor la detracción?

En la cuenta 107 Fondos sujetos a restricción, contra la cuenta por cobrar al cliente (12). Esos fondos solo se usan para pagar tributos y aportaciones administrados por SUNAT.

¿El cliente registra la detracción como gasto?

No. El gasto es el valor del servicio sin IGV. La detracción es una parte del pago al proveedor y se registra contra la cuenta 42.

¿La detracción se calcula con o sin IGV?

Con IGV. Se aplica el porcentaje sobre el importe total de la factura.

¿Qué asiento hago cuando me liberan los fondos?

Debe 1041 Cuentas corrientes operativas, haber 107 Fondos sujetos a restricción, por el monto liberado.

¿Si deposito tarde pierdo el gasto?

No. El depósito tardío afecta el momento en que usas el crédito fiscal y genera multa, pero no impide deducir el gasto para el Impuesto a la Renta si cumple el principio de causalidad.

Contabilidad ordenada, menos contingencias

Las detracciones mal registradas suelen aparecer en una fiscalización como crédito fiscal observado o como fondos que no cuadran con el Banco de la Nación. En Lynch revisamos tus registros, conciliamos tu cuenta de detracciones y te representamos si SUNAT ya te requirió, con nuestro servicio de defensa ante fiscalizaciones de SUNAT. Si quieres ver cómo cambió el sistema en los últimos años, revisa el caso práctico del SPOT bajo el Decreto Legislativo 1669.

¿Necesitas aplicar esto en tu empresa?

Revisamos tu caso concreto y te indicamos qué corresponde hacer, con qué sustento y en qué plazo. La primera evaluación es sin costo.

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