El teletrabajo ya no es solo una medida de emergencia; es una modalidad regulada y cada vez más fiscalizada por SUNAFIL. Con la Ley N.° 31572 y su Reglamento (D.S. 002-2023-TR y actualización R.M. 061-2024-TR), las empresas deben cumplir obligaciones concretas para evitar sanciones, mientras que los trabajadores gozan de nuevos derechos. Esta guía resume lo exigido por la norma y las ventajas de aplicar un modelo híbrido (3 + 2) o 100 % remoto.

1. Marco legal del Teletrabajo

NormaAlcance claveVigencia
Ley 31572 (Ley del Teletrabajo) Define teletrabajo, distingue remoto temporal vs. permanente y fija derechos básicos. Desde set. 2022; plenamente aplicable.
D.S. 002-2023-TR (Reglamento) Compensaciones, SST, conexión, desconexión digital, registro en T-Registro. Desde ene. 2023.
R.M. 061-2024-TR Actualiza anexos de riesgos y guías de ergonomía para trabajo remoto. Desde mar. 2024.

2. ¿Qué es teletrabajo y en qué se diferencia del trabajo híbrido?

3. Obligaciones del empleador en

ÁreaObligaciónFundamento
Contrato / Políticas Adenda con modalidad (remoto/híbrido), lugar, horario y derecho a desconexión (mín. 12 h continuas). Art. 5 Ley 31572
T-Registro Declarar al trabajador como teletrabajador dentro de 15 días de iniciado el servicio remoto. Art. 27 Reglamento
Compensación de gastos Proveer servicios/equipos o reembolsar internet y electricidad; o asignación fija documentada. Art. 20 Ley 31572
SST y Ergonomía Evaluar riesgos, checklist del puesto remoto, capacitación, reporte de incidentes. R.M. 061-2024-TR
Datos y seguridad Protocolos de confidencialidad y ciberseguridad; cuidado de bienes por el trabajador. Art. 7 Reglamento
Supervisión Monitoreo informado y proporcional, respetando la privacidad. Art. 14 Reglamento
Reversibilidad Atender solicitud para volver a presencial; responder en 10 días y motivar negativa. Art. 9 Ley 31572
Fiscalización SUNAFIL Conservar documentación para inspecciones remotas o presenciales.

Referencia de multas SUNAFIL usada en el artículo (2025): de 0.26 UIT a 52.53 UIT según número de afectados y gravedad.

4. Obligaciones y derechos del trabajador

5. Beneficios del teletrabajo y modelo híbrido

BeneficioPara el trabajadorPara la empresa
Ahorro de tiempo y dinero 1–2 h menos de tráfico; menor gasto en transporte y alimentación. Reducción de costos de servicios e infraestructura.
Conciliación familiar Más flexibilidad para responsabilidades personales. Mejor clima laboral y retención de talento.
Productividad Mayor concentración en tareas de enfoque. KPI con incrementos medidos en trabajo remoto.
Menor rotación La flexibilidad eleva la intención de permanencia. Menores costos de reclutamiento y onboarding.
Huella de carbono Menos traslados y emisiones. Mejor desempeño ESG y reputación.

6. Compensación de internet y electricidad: ¿cuánto y cómo?

7. Trabajo híbrido 3 + 2: mejores prácticas

8. Preguntas frecuentes

¿Se debe pagar Essalud adicional por teletrabajo?
No. La modalidad no altera aportes.

¿SUNAFIL puede inspeccionar a distancia?
Sí. Puede requerir documentos y evidencias electrónicas.

¿El teletrabajador debe marcar asistencia?
Sí, mediante un sistema digital equivalente.

¿Se puede forzar el retorno a oficina?
Solo con causa objetiva y cumpliendo reversibilidad (Art. 9 Ley 31572).

9. Consecuencias de incumplir

10. ¿Cómo cumplir sin dolores de cabeza?

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