
En un mundo cada vez más globalizado, muchas empresas peruanas contratan servicios de proveedores extranjeros para mejorar su competitividad y optimizar procesos. Sin embargo, cuando estos servicios provienen del exterior, surge la obligación de pagar el Impuesto General a las Ventas (IGV) de no domiciliados.
En este post explicamos en qué consiste este impuesto, cómo se calcula, en qué casos se paga y en qué situaciones no se aplica.
📌 ¿Qué es el IGV de No Domiciliados?
El IGV de no domiciliados es un impuesto que grava la importación de servicios prestados por empresas o personas extranjeras cuando el usuario final se encuentra en el Perú. Este tributo está regulado por el Decreto Legislativo N.º 821, también conocido como la Ley del IGV e ISC.
En términos sencillos, cuando una empresa peruana contrata un servicio en el extranjero (por ejemplo, publicidad en Google Ads o una suscripción a software como Microsoft 365), debe asumir el pago del 18% de IGV.
🛑 ¿Cuándo se Aplica el IGV a los Servicios del Exterior?
El IGV se paga cuando un servicio cumple con el criterio de utilización en el país, lo que significa que:
✔️ El servicio contratado es utilizado en el Perú.
✔️ El beneficiario del servicio es una empresa o persona domiciliada en el país.
✔️ No existe una exoneración o inafectación específica.
🔹 Ejemplos de servicios gravados con IGV
Si tu empresa contrata alguno de estos servicios en el extranjero, deberás pagar el IGV de no domiciliados:
✅ Publicidad digital: Anuncios en Google Ads, Facebook Ads, LinkedIn Ads, etc.
✅ Software y plataformas digitales: Suscripciones a Microsoft 365, Adobe, Zoom, etc.
✅ Consultorías y asesorías: Servicios profesionales brindados desde el extranjero.
✅ Streaming comercial: Uso de plataformas como Spotify o Netflix con fines empresariales.
✅ Licencias y royalties: Pago por uso de patentes, derechos de autor o marcas registradas.
🔹 Ejemplo de Cálculo del IGV de No Domiciliados
Si una empresa contrata publicidad en Google Ads y paga $1,000, el cálculo sería:
📍 Base imponible: $1,000 (se considera precio neto).
📍 IGV (18%): $1,000 × 18% = $180.
📍 Total a pagar a SUNAT: $180.
En este caso, la empresa en Perú debe declarar y pagar $180 de IGV ante la SUNAT utilizando el formulario 1662 – Boleta de Pago.
🚫 ¿Cuándo NO se Paga el IGV de No Domiciliados?
Existen situaciones en las que un servicio contratado en el exterior no está sujeto al IGV. Estas son las principales excepciones:
1️⃣ Cuando el servicio es utilizado íntegramente en el extranjero
Si una empresa peruana contrata un servicio que no se usa en el Perú, no se paga IGV.
✅ Ejemplo:Si una empresa en Perú contrata una consultoría para expandirse a Chile y toda la asesoría se usa fuera del país, no se genera la obligación de pagar IGV.
2️⃣ Cuando se trata de transporte internacional de bienes
Los servicios de transporte internacional de bienes están exonerados del IGV.
✅ Ejemplo:Si importas productos y pagas por el flete internacional, este no estará gravado con IGV.
3️⃣ Cuando el servicio está exonerado por ley
Algunos servicios específicos tienen tratamiento especial y están exonerados del IGV según el Anexo II del Decreto Legislativo 821.
✅ Ejemplo:Los seguros de vida contratados en el extranjero no pagan IGV.
4️⃣ Cuando hay un convenio para evitar la doble imposición
Si el país del proveedor tiene un convenio de doble imposición con Perú, es posible que el servicio no esté gravado con IGV.
✅ Ejemplo:Algunos servicios financieros contratados en países con convenios tributarios pueden estar exentos.
📋 Obligaciones Formales para Declarar el IGV de No Domiciliados
Si contratas un servicio en el extranjero y está gravado con IGV, tu empresa debe cumplir con estas obligaciones:
📌 Declarar el IGV en el PDT 621 (Declaración Mensual del IGV).
📌 Realizar el pago dentro del mes siguiente a la prestación del servicio.
📌 Llevar el registro en los libros contables, según el régimen tributario.
🤔 ¿Cómo Evitar Problemas con SUNAT?
Para evitar contingencias tributarias relacionadas con el IGV de no domiciliados, en Lynch Contadores recomendamos:
✔️ Revisar la naturaleza del servicio contratado y determinar si está gravado.
✔️ Evaluar las exoneraciones y convenios tributarios aplicables.
✔️ Llevar un correcto registro contable para evitar multas o sanciones.
✔️ Asesorarte con un contador especializado para optimizar tu carga tributaria.
🔍 Conclusión
El IGV de no domiciliados es un impuesto que afecta a muchas empresas en Perú que contratan servicios del extranjero. Si bien su aplicación es generalizada, existen situaciones en las que no se debe pagar este tributo.
Desde Lynch Contadores, te ayudamos a determinar si el IGV es aplicable a los servicios que contratas y a cumplir con todas las obligaciones tributarias de manera eficiente.
📞 ¿Necesitas asesoría tributaria? Contáctanos y optimiza la carga fiscal de tu empresa.
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