IGV de No Domiciliados en Perú: ¿Cuándo se Aplica y Cuándo No?
Guía clara sobre el IGV de no domiciliados en Perú: concepto, cuándo aplica, cuándo no, ejemplo de cálculo, obligaciones formales y recomendaciones para evitar contingencias con SUNAT.
En un mundo más globalizado, muchas empresas peruanas contratan servicios de proveedores extranjeros. Cuando el servicio se utiliza en el Perú, nace la obligación de pagar el IGV de no domiciliados.
En Lynch Contadores explicamos en qué consiste, cómo se calcula y en qué casos sí y no corresponde pagarlo.
¿Qué es el IGV de no domiciliados?
Es el impuesto que grava la importación de servicios prestados por no domiciliados cuando el usuario o beneficiario se encuentra en el Perú. Está regulado por el Decreto Legislativo N.º 821 (Ley del IGV e ISC).
Ejemplos típicos: publicidad en Google Ads, suscripciones a software (Microsoft 365, Adobe, Zoom), consultorías remotas, licencias y royalties.
¿Cuándo se aplica el IGV a servicios del exterior?
- ✔️ El servicio es utilizado en el país (criterio de utilización).
- ✔️ El beneficiario es una persona o empresa domiciliada en Perú.
- ✔️ No existe exoneración/inafectación específica aplicable.
Servicios del exterior normalmente gravados
- ✅ Publicidad digital: Google Ads, Facebook Ads, LinkedIn Ads, etc.
- ✅ Software / SaaS: Microsoft 365, Adobe, Zoom, etc.
- ✅ Consultorías y asesorías prestadas desde el extranjero.
- ✅ Streaming con fines empresariales.
- ✅ Licencias y royalties (patentes, derechos de autor, marcas).
Ejemplo de cálculo del IGV de no domiciliados
Si una empresa paga $1,000 por publicidad en Google Ads:
Concepto | Monto |
---|---|
Base imponible | $1,000 |
IGV (18%) | $1,000 × 18% = $180 |
Total a pagar a SUNAT (IGV) | $180 |
El IGV por importación de servicios se autoliquida y paga (p. ej., Formulario 1662 – Boleta de Pago) y se registra en la declaración mensual y en los libros contables según régimen vigente.
¿Cuándo NO se paga el IGV de no domiciliados?
- Uso íntegro en el extranjero
Ejemplo: consultoría para una expansión en Chile utilizada fuera del Perú. - Transporte internacional de bienes
Ejemplo: flete internacional de importación exonerado de IGV. - Servicios exonerados por ley (p. ej., Anexo II del D. Leg. 821)
Ejemplo: ciertos seguros de vida contratados en el exterior. - Convenios para evitar doble imposición (según alcance)
Ejemplo: algunos servicios financieros desde países con convenio pueden no gravarse.
Obligaciones formales
- 📌 Declarar el IGV en la declaración mensual (según formularios vigentes).
- 📌 Pagar dentro del mes siguiente a la prestación/uso del servicio.
- 📌 Registrar correctamente en libros y, de corresponder, aplicar crédito fiscal cumpliendo requisitos.
¿Cómo evitar problemas con SUNAT?
- ✔️ Verifica la naturaleza del servicio y si se usa en Perú.
- ✔️ Revisa exoneraciones y convenios aplicables.
- ✔️ Mantén comprobantes y contratos que sustenten la operación.
- ✔️ Apóyate en asesoría contable especializada.
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Conclusión
El IGV de no domiciliados afecta a empresas que contratan servicios del exterior, pero existen situaciones en las que no corresponde el pago. En Lynch Contadores te ayudamos a determinar la aplicación correcta y a cumplir tus obligaciones.
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Preguntas frecuentes
¿El IGV de no domiciliados siempre es 18%?
La tasa general del IGV es 18%. Verifica si aplica una exoneración/inafectación o un convenio internacional específico.
¿Puedo tomar el crédito fiscal del IGV pagado por servicios del exterior?
De corresponder, puede usarse como crédito fiscal si cumples los requisitos de la Ley del IGV (vínculo con la actividad, comprobantes/contratos, registro oportuno).
¿Cómo y cuándo se paga?
Se autoliquida y paga dentro del mes siguiente a la utilización del servicio, utilizando los formularios vigentes y registrándolo en la declaración mensual.
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